Multas de tráfico en función de la renta: así serían las sanciones a los conductores si fueran según los ingresos

multas

"Pagar una multa de 100 euros no supone el mismo esfuerzo para quien cobra más de 5.000 euros que para quien cobra el salario mínimo". Así proponía Sumar una iniciativa en el Congreso para que se ajusten las multas de tráfico al nivel de renta del infractor.  Aumentar en un 500% las sanciones para los infractores cuyos ingresos brutos anuales superen los 100.000 euros.

El portavoz parlamentario de Izquierda Unida y portavoz adjunto del Grupo Plurinacional Sumar, Enrique Santiago, presentó el pasado 7 de marzo la Proposición de Ley en el Congreso.

Enrique Santiago señaló que "no puede ser" que una multa de tráfico "arruine el mes a la mayoría de la gente y que, para unos pocos, la misma multa sea calderilla". "Infringir las normas de tráfico debe tener las mismas consecuencias para todo el mundo independientemente de su capacidad económica. Quienes cuentan con poco pagarán menos, quienes cuentan con mucho pagarán más", ha recalcado.

En este sentido, el portavoz parlamentario de Izquierda Unida considera que es una propuesta "justa y adecuada, de pura lógica democrática". "Ajustando la cuantía de las multas a la renta mejoraremos la seguridad de nuestras calles y de nuestras carreteras. Es la única forma en que la amenaza de la sanción sirva para disuadir a todas y todos los conductores, sean ricos o no", ha remarcado.

"Nadie espera que el Partido Popular, de (José María) Aznar o de MAR (Miguel Ángel Rodríguez), esté de acuerdo con esto. Ellos ya nos explicaron con cuántas copas se puede coger el coche, pero esperamos que el resto de las formaciones sigan su apoyo a esta propuesta".

Contexto Internacional

Santiago destacó que el carácter disuasorio de las sanciones de tráfico "se atenúa cuando la capacidad económica es alta y, sin embargo, la penalidad se agrava cuando la capacidad económica del infractor es baja". "Esto resulta claramente injusto, desproporcionado y, sobre todo, es poco disuasivo en algunos casos a la hora de prevenir las sanciones", ha manifestado, para después argumentar que este sistema ya se aplica en países como Finlandia, Suecia, Dinamarca, Suiza o Reino Unido.

"Hay un principio en el ámbito europeo que es que los ricos no pueden comprar el derecho a violar o asaltarse la ley. Ustedes conocerán situaciones en las que 'influencers' se graban a 180 kilómetros por hora haciendo ostentación", ha remarcado. También ha añadido que los agentes encargados del tráfico les han pedido "en distintas ocasiones" que aborden esta problemática.

En la exposición de motivos de la iniciativa, Sumar explica que el régimen sancionador del tráfico en España está regulado según la gravedad de la infracción, es decir, según el tipo de falta que se cometa, la multa será de mayor o menor cuantía económica: si se comete una leve, la cuantía es de 100 euros, si es grave esa cifra asciende hasta los 200 y si se comete una muy grave el infractor puede pagar hasta 500 euros, aunque hay casos en los que se supera esa cantidad. La cuantía económica puede incrementarse por la gravedad y consecuencias de los hechos, pero no por los ingresos del infractor.

Las multas aumentarán y reducirán

De este modo, la Proposición de Ley modifica el artículo 81 de la Ley de Tráfico para establecer que se aumentarán siempre las sanciones de acuerdo con la capacidad económica del infractor, incremento que se realizará de manera ponderada de la siguiente forma: En un 150% para los infractores sancionados cuyos ingresos brutos anuales se sitúen entre los 70.000 y los 85.000 euros; en un 300% entre los infractores sancionados cuyos ingresos brutos anuales entre los 85.000 y los 100.000 euros; y en un 500% para los infractores sancionados cuyos ingresos brutos anuales superiores a los 100.000 euros.

Igualmente, para la imposición de sanciones graves y muy graves, también deberá tenerse en cuenta la situación económica del responsable. Una vez determinada la sanción y la graduación de esta, la ponderación de la capacidad económica de la persona responsable incluirá la reducción de la multa, en los siguientes supuestos: Para aquellas personas que acrediten percibir unos ingresos de hasta 1,5 veces el Salario Mínimo Interprofesional, la reducción será del 30%; para aquellas personas que acrediten percibir unos ingresos de entre 1,5 y 2,5 veces el Salario Mínimo Interprofesional, la reducción será del 15%.

Sumar añade una disposición adicional decimoséptima por la que se habilita al Gobierno "para que en el plazo de 6 meses elabore un informe sobre la viabilidad de la aplicación de la progresividad de las sanciones en base al umbral de renta del infractor en otros ámbitos sancionadores distintos al de tráfico".

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