Lotería de Navidad 2023: ¿Hay que declarar a Hacienda los quintos premios?

La Navidad es época de regalos y reencuentros, y muchas personas consideran que no hay mayor premio que ser uno de los afortunados en el Sorteo Extraordinario de la Lotería, una posibilidad remota que atrae a un número creciente de jugadores, a juzgar por las cifras de venta de décimos y su aumento progresivo año a año. Hay colas en las administraciones desde el pasado verano, cuando los primeros décimos salieron a la venta. Quienes compren no deben olvidar lo más importante: los premios de la lotería caducan, así que, en caso de ser ganadores, deberán cobrarlo en un plazo determinado.

Este 2023 aumenta la numeración que podemos jugar hasta en cinco series y repite el monto que se llevará cada poseedor de un décimo premiado en los diferentes premios; también lo harán los impuestos asociados a la cantidad que recibamos.

El espíritu navideño no descansa, y tampoco lo hace la Agencia Tributaria, que vuelve a recordar periódicamente cuánto nos tocará pagar en caso de tener (muchísima) suerte con nuestros números elegidos para un evento tan especial. Hay otros que jamás tienen suerte, y es mejor evitarlos.

¿Qué premios son los que llevan asociado un gravamen especial y cuáles se quedarán fuera del olfato de Hacienda? ¿Los quintos premios de la lotería están obligados a tributar?

Respondemos.

Los premios de la lotería que Hacienda mira con lupa

Conviene establecer una diferencia inicial entre premios sujetos a un gravamen especial para conocer con más detalle cuáles están obligados a entregarle una parte.

Por un lado, estarían los premios organizados por la SELAE (Sociedad Estatal de Loterías y Apuestas del estado) y los organizados por órganos o Entidades de las comunidades autónomas, por la Cruz Roja o por la ONCE.

Del otro, tendríamos los premios de lotería y apuestas que organicen: organismos públicos y entidades sin ánimo de lucro que realicen labores sociales o asistenciales en otros países de la UE o del EEE (Espacio Económico Europeo).

Las cuantías obligadas a tributar frente al fisco han experimentado algunas modificaciones importantes en los últimos 5 años, dando un respiro a aquellos afortunados en la lotería que obtenían unos pocos miles de euros o apenas recuperaban la cantidad invertida con la pedrea o el reintegro.

En 2008, la cifra exenta estaba en los 10.000 euros. Aumentó a 20.000 al año siguiente. Desde 2020, los premios inferiores a 40.000 euros no están obligados a pagar impuestos. Los que superen esa cifra deberán entregar un 20% del total a la Agencia tributaria, aunque con matices, ya que no se grava la cantidad total, solo una parte.

¿Si gano un quinto premio de la lotería tengo que pagar impuestos?

La respuesta es no, ya un quinto premio entraría en la franja de premios exentos. La tributación del 20% afectaría únicamente al Gordo, segundo y tercer premio. En cifras, los afortunados con el Gordo recibirán 400.000 euros por décimo, de los que les tocará pagar 80.000 euros a la Agencia tributaria. El segundo premio (125.00 euros al décimo) tributará por 85.000 euros. 17000 en impuestos y 108.000 para disfrutarlos sin pensar. De los 50.000 euros del tercer premio, Hacienda se quedaría únicamente con 2000 euros, ya que se grava una quinta parte (10.000).