España, preparada para los festivales: así se celebrarán los eventos multitudinarios

  • La mejora de la situación epidemiológica y la vacunación allanan el camino para el regreso de los festivales

  • Los eventos multitudinarios llegarán entre importantes medidas: la mascarilla será obligatoria

  • Para los territorios en nivel de alerta 3 o 4 se propone no acoger estos eventos

La mejora de la situación epidemiológica con el descenso de la incidencia del coronavirus y el incesante avance de la campaña de vacunación contra la covid-19 continúan avalando la progresiva relajación de las medidas dispuestas para la pandemia, dando lugar a la apertura de algunos escenarios que hasta hace poco ni siquiera se podían pensar. Uno de ellos es el relativo a la celebración de eventos multitudinarios, como los festivales de música, cuya realización ya se contempla entre nuevos límites normativos en la actualización del documento "Actuaciones de respuesta coordinada para el control de la transmisión de covid-19", al que ha tenido acceso EFE.

El Ministerio de Sanidad ya llevaba tiempo trabajando al respecto junto a las comunidades autónomas, y en la citada actualización se establece que en estos eventos multitudinarios no se podrá comer, beber ni fumar, tampoco vapear, al tiempo en que el uso de la mascarillas será obligatorio.

Concretamente, el texto establece la posibilidad de que en algunos de estos eventos y tras acuerdo de la autoridad sanitaria se soliciten certificados de vacunación, de recuperación o de estar libre de la infección activa; no se aconseja la toma de temperatura ni los arcos de descontaminación

Los recomendaciones y limitaciones dependerán del nivel de alerta del territorio donde se vaya a desarrollar, incorporando distintos consejos sobre distancia de seguridad, uso de mascarilla, escalonamiento de entradas y salidas, control de desplazamientos internos y acondicionamiento ambiental y ventilación (en espacios cerrados). También de sectorización, trazabilidad, entrega de hojas informativas y de señalización, así como medidas de limpieza, higiene y desinfección.

Normas para eventos masivos en territorios en nueva normalidad, niveles 1 y 2

Mientras, en el nivel 3 y 4, --en los que se superan una incidencia acumulada de más de 125 casos por cada 100.000 habitantes a 14 días, entre otros indicadores--, propone no celebrar estas actividades, en los territorios en nueva normalidad, niveles 1 y 2 de riesgo plantea:

  • Prohibir fumar, consumir otros productos del tabaco y consumir cigarrillos electrónicos en el área destinada al público tanto en eventos al aire libre como cerrados.
  • En espacios cerrados aconseja siempre la ventilación natural y, de no poderse, la forzada o mecánica.
  • Además de fumar, y con carácter general, en el área destinada al público no se permitirá la venta ni el consumo de alimentos y bebidas (excepto agua, que se facilitará en distintos puntos del recinto); solo excepcionalmente se podrá a través de un sistema itinerante para los asistentes cuando el público permanezca sentado.
  • Se podrán habilitar áreas específicas acotadas y separadas del área destinada al público, que deben ser diferenciadas, debidamente dimensionadas y en las que se tendrán que cumplir las medidas propias de los establecimientos de hostelería y restauración.
  • Reforzar la vigilancia del cumplimiento de la obligatoriedad del uso de mascarilla durante la permanencia en el evento (incluida área de aseos), así como en los momentos de entrada y salida del mismo en los que se comprometa la distancia de seguridad.
  • Establecimiento de franjas horarias para el acceso escalonado por zonas y sectores, comenzando por aquellos más alejados de la salida y viceversa para la salida del público.
  • Habrá que señalizar las rutas para mantener los distanciamientos y evitar aglomeraciones y un uso controlado de los espacios comunes bajo estricto control del personal del evento.
  • Se adoptarán medidas para evitar posibles aglomeraciones; la zona de baños y hostelería, debidamente señalizados, debe estar delimitada y tener un margen de separación con la zona de realización del evento.

Aforo y sectorización

El documento delimita las reglas de aforo en función no solo del nivel de riesgo, sino también si el evento es al aire libre, de pie o sentado:

Nueva normalidad:

  • En espacios al aire libre y de pie, el aforo máximo es del 50 %, garantizando una superficie útil por cada persona usuaria de 1.5 metros cuadrados
  • De estar el público sentado, el aforo no sobrepasará el 75 % con una distancia de al menos 1 metro. Si se permite el consumo de bebidas y comida el aforo será de un máximo de 50 % y la distancia interpersonal de 1,5 metros.
  • En ambos casos, el número de asistentes no puede superar los 10.000, también en modalidades mixtas, con público sentado y de pie.
  • Los eventos cerrados tendrán un aforo del 75 % y una distancia entre asistentes de al menos 1,5 metros si no se deja comer o beber; en caso contrario, el aforo se reduce a la mitad y la distancia se amplía a 2 metros. Al máximo podrán acudir 5.000 personas sentadas.

Nivel 1:

  • El aforo queda reducido a la mitad y la distancia aumenta a 2,25 metros al aire libre y en modalidad de pie, con un máximo de 5.000 participantes.
  • De ser sentado, son las mismas normas que en la nueva normalidad, salvo por el máximo de asistentes, siempre de 5.000, que vale también para las modalidades mixtas.
  • En actividades cerradas, el aforo será del 75% con un máximo de 2.500 personas si se garantiza una separación entre los asistentes o grupos de asistentes de al menos 1,5 metros no permitiendo el consumo de bebida o comida.

Nivel 2:

  • El número de asistentes no podrá superar los 2.500 o el 30 % del aforo, garantizando una superficie útil por cada persona usuaria de 3 metros cuadrados si son al aire libre y de pie.
  • Cuando el público esté sentado puede aumentarse al 50 % de la capacidad si se garantiza una separación de al menos 1 metro y no se permite el consumo de bebida o comida en la zona de púbico; si se permite, deberá ser de no más del 30 % del aforo con una distancia interpersonal de 1,5 metros.
  • De ser bajo techo, el aforo también se reduce a la mitad con un máximo de 1.000 asistentes que deberán guardar al menos 1,5 metros de distancia sin que puedan consumir bebida o comida.