¿Quién puede obtener la jubilación anticipada en España?
Redacción digital Informativos Telecinco
La jubilación anticipada en España puede ser forzosa o voluntaria
La jubilación anticipada está prevista en España para algunas profesiones y cumpliendo determinados requisitos
La jubilación anticipada puede ser voluntaria por parte del trabajador o forzosa
Para obtener la jubilación anticipada hay que tener un mínimo de años cotizados, según la Ley de la Seguridad Social
La edad de jubilación en España es a los 66 años –siempre que se haya cotizado al menos 37-. No obstante, los trabajadores pueden jubilarse antes – a veces voluntariamente, otras veces de forma obligada- si cumplen ciertas condiciones. Es lo que se llama jubilación anticipada.
La jubilación anticipada se rige por la Ley de la Seguridad social y pueden acogerse a ellas, según el Ministerio de Seguridad Social "aquellos grupos o actividades profesionales, cuyos trabajos sean de naturaleza excepcionalmente penosa, peligrosa, tóxica o insalubre y acusen elevados índices de morbilidad o mortalidad".
La jubilación anticipada puede darse de las siguientes formas o casuísticas:
De forma voluntaria: porque lo pida el trabajador y siempre que cumpla unos requisitos
De forma forzosa: el empleado deja de trabajar por causas previstas en legalmente
Por razón de la actividad profesional: cuando el trabajo es especialmente peligroso, tóxico… Por ejemplo, mineros, taurinos, bomberos…
Por discapacidad: cuando el empleado tenga una discapacidad igual o superior al 65%
Como se ha visto, la jubilación anticipada puede ser voluntaria o forzosa. Cada una de ellas está sujeta a una serie de condiciones que son las siguientes:
Requisitos para la jubilación anticipada voluntaria
Edad. Tener 2 años menos de la edad ordinaria de jubilación. En 2022, la edad de jubilación anticipada voluntaria se fija en 63 años para quien tenga 37 años y 6 meses cotizados o más y en 64 años y 2 meses para quien tenga menos de 37 años cotizados.
Alta o situación asimilada al alta. Se requiere estar en alta o situación asimilada al alta en la Seguridad Social. Esto último es, por ejemplo, estar en paro, de baja por maternidad o paternidad o en excedencia forzosa.
Años de cotización. Haber cotizado un periodo mínimo de 35 años.
Antigüedad en la cotización. De los 35 años de cotización, al menos 2 años deberán estar comprendidos dentro de los 15 años inmediatamente anteriores.
Importe de la pensión. El importe de la pensión no puede ser inferior a la pensión mínima que le correspondería al trabajador que se jubila de forma ordinaria.
Requisitos para que se dé una jubilación anticipada forzosa
Edad. Tener cumplida una edad inferior en 4 años menos a la edad ordinaria de jubilación. En 2022, la edad de jubilación anticipada forzosa se fija en 61 años para quien tenga 37 años y 6 meses cotizados o más años y en 62 años y 2 meses para quien tenga menos años cotizados.
Inscripción en el paro. Encontrarse inscrito en las oficinas de empleo como demandante de empleo durante, al menos, 6 meses antes de la solicitud.
Años de cotización. Haber cotizado un periodo mínimo de 33 años.
Antigüedad en la cotización. De los 33 años, al menos 2 años deberán estar comprendidos dentro de los 15 años inmediatamente anteriores.
Cese en el trabajo. Será preciso que el cese en el trabajo se haya producido por un despido colectivo, objetivo, por una extinción del contrato por resolución judicial, por muerte, jubilación o incapacidad del empresario o extinción de la persona jurídica y extinción del contrato por causa mayor.
La gestión de la jubilación anticipada corresponde al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) y puede hacerse en cualquiera de sus oficinas. No obstante, si el trabajador dispone de Certificado Electrónico también puede hacerlo en la Sede Electrónica de la Seguridad Social.