¿Cómo saber si un autónomo tiene derecho a la prestación por cese de actividad?

El trabajador autónomo tiene su propio paro: la prestación por cese de actividad

La prestación por cese de actividad es un mecanismo de protección económica para los autónomos que se ven obligados a interrumpir su actividad profesional. Sin embargo, para poder acceder a esta ayuda se requiere del cumplimiento de ciertos requisitos legales y administrativos que garantizan su correcta aplicación.

Requisitos fundamentales para acceder a la prestación por cese de actividad

Para que un autónomo pueda beneficiarse de la prestación por cese de actividad, es necesario cumplir con una serie de condiciones establecidas por la normativa vigente.

En primer lugar, el solicitante debe estar afiliado y en situación de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) o en el Régimen Especial de los Trabajadores del Mar, dependiendo de su sector profesional. Además, es obligatorio haber cotizado específicamente por la contingencia de cese de actividad durante al menos 12 meses consecutivos e inmediatamente anteriores al cese.

Otro requisito esencial es que la causa del cese de actividad esté debidamente justificada. Se consideran motivos válidos las pérdidas económicas superiores al 10% de los ingresos durante dos años consecutivos, razones técnicas, productivas u organizativas, situaciones de fuerza mayor, la pérdida de una licencia administrativa imprescindible para operar o casos de violencia de género que imposibiliten continuar con la actividad.

El autónomo también debe comprometerse a participar en actividades de formación y reinserción laboral organizadas por los servicios públicos de empleo. Además, es imprescindible no haber alcanzado la edad de jubilación, salvo que no se tenga acreditado el período de cotización requerido para ello.

Por último, es necesario estar al corriente en el pago de las cuotas a la Seguridad Social. En caso de deudas, el solicitante dispone de un plazo de 30 días naturales para regularizar su situación antes de que se deniegue su solicitud.

Procedimiento para solicitar la prestación por cese de actividad

Si el autónomo cumple con los requisitos, deberá iniciar el trámite presentando la solicitud ante la mutua colaboradora con la Seguridad Social con la que tenga cubierta la contingencia por cese de actividad o, en el caso de los trabajadores del mar, ante el Instituto Social de la Marina.

El plazo máximo para presentar la solicitud es de 30 días naturales desde la fecha efectiva del cese. Pasado este período, la solicitud podría ser denegada.

En cuanto a la documentación requerida, dependerá del motivo del cese. Si la causa es económica, se deben presentar declaraciones fiscales que evidencien la caída de ingresos. En casos de pérdida de licencia administrativa, se exigirá un certificado que lo acredite. Si el cese se debe a razones de fuerza mayor o violencia de género, será necesario aportar los documentos que justifiquen dichas situaciones.

Cuantía y duración de la prestación por cese de actividad

El importe de la prestación equivale al 70% de la base reguladora, calculada a partir del promedio de las bases de cotización de los últimos 12 meses anteriores al cese.

La duración de la prestación varía según el tiempo de cotización acumulado. Para quienes hayan cotizado entre 12 y 17 meses, la prestación se concederá por dos meses. Si el período de cotización es de entre 18 y 23 meses, el derecho a percibir la ayuda se amplía a tres meses. Aquellos que hayan cotizado entre 24 y 29 meses podrán recibirla durante cuatro meses, mientras que quienes tengan entre 30 y 35 meses cotizados podrán acceder a cinco meses de prestación.

Para quienes hayan acumulado entre 36 y 42 meses de cotización, el período de prestación será de seis meses. Si el autónomo ha cotizado entre 43 y 47 meses, podrá percibir la ayuda durante ocho meses. En el caso de haber cotizado 48 meses o más, se tendrá derecho a la prestación por un máximo de 12 meses.

Cabe destacar que si el solicitante tiene 60 años o más, los períodos de prestación pueden ser más largos en función de la cotización acumulada.

Incompatibilidades y obligaciones del autónomo

Mientras percibe la prestación, el autónomo no podrá desarrollar ninguna otra actividad laboral por cuenta propia o ajena. Asimismo, la prestación es incompatible con la percepción de pensiones de la Seguridad Social que sean incompatibles con el trabajo.

Durante el tiempo en el que reciba la ayuda, el autónomo está obligado a seguir con los programas de formación y orientación profesional organizados por los servicios públicos de empleo. El incumplimiento de este requisito también puede derivar en la suspensión de la prestación.

La prestación por cese de actividad es una herramienta clave para proteger a los autónomos en momentos de crisis. No obstante, acceder a esta ayuda no es automático ni garantizado, ya que requiere cumplir con requisitos estrictos y demostrar de manera fehaciente la necesidad de cesar la actividad. Ante la complejidad del proceso, es recomendable contar con asesoramiento profesional para poder garantizar que su solicitud sea aprobada sin contratiempos.