Para muchos conductores, el fin de las vacaciones significa el regreso a la rutina tras unas semanas haber desconectado de todas las obligaciones que nos ataban a la vida corriente. Puede que nosotros nos hayamos ganado ese buen descanso, pero la DGT sigue vigilante como cualquier otro mes, y en esta época no suele bajar el número de infracciones al volante. Todos podemos cometer errores, incluso los conductores más experimentados.
Las más frecuentes son fáciles de imaginar: exceso de velocidad, uso del teléfono móvil al volante o estacionar mal en áreas turísticas o urbanas.
Por supuesto, siempre surgen algunas dudas a este respecto relacionadas con el tiempo que tardaremos en enterarnos de que nos han cazado. ¿Influye el verano? ¿Cuánto tarda en llegar la multa tras las vacaciones? ¿Cómo se recurre cuando no estamos de acuerdo?
El proceso para emitir una multa se activa en el momento en que la infracción es detectada. Si hemos cometido una durante las vacaciones, es importante entender cómo funciona el mecanismo administrativo. Las multas pueden ser captadas por radares fijos, radares móviles, cámaras de semáforo, o por agentes de la autoridad. Una vez que la infracción ha sido registrada, el procedimiento se pone en marcha.
La DGT tiene un plazo legal de tres meses para notificarnos la multa si se trata de una infracción leve, y hasta seis meses para las graves o muy graves. De lo que se deduce que el verano no influye demasiado en el proceso administrativo: notificación, fecha límite para el pago reducido o sanción completa, si apuramos el plazo. Si hemos cometido la infracción en agosto, la multa puede llegar a lo largo de septiembre, octubre, incluso noviembre, si es de las pequeñas. Con las graves, la DGT tendrá tres meses más para notificarnos la infracción.
Sin embargo, cuando se trata de cobrar su parte, la administración suele darse cierta prisa en informar a los infractores su obligación de rendir cuentas por las imprudencias en carretera, así que lo más habitual es que no tarden mucho en localizarnos. Si la falta al volante la captó un radar fijo o una cámara, el proceso tiende a ser más rápido, ya que la información se registra y se envía de forma automática al sistema de la DGT.
Por supuesto, el tiempo siempre dependerá del organismo que emite la multa, ya sea la policía local, el ayuntamiento de turno (estos organismos no suelen contar con un sistema centralizado para emitir y gestionar las multas), o la propia DGT. En determinadas circunstancias la notificación no llegará al momento y puede tardar hasta un mes, caso, por ejemplo, de un conductor que ha dejado el coche mal aparcado y al que no se puede localizar con facilidad.
Teniendo en cuenta que el verano puede ralentizar algo la burocracia, hablamos de una media de dos semanas para que nos llegue la infracción por correo postal certificado a la dirección que consta en el registro de vehículos, o bien a la Dirección Electrónica Vial (DEV), el sistema digital que la DGT ha impulsado en los últimos años para agilizar estos procesos. La tercera vía es el Tablón Edictal de Sanciones de Tráfico (TESTRA), un portal donde se publican las multas cuando no ha sido posible entregar la notificación en persona.
“Una vez comprobado que la multa es de la DGT y que es tu responsabilidad”, explican desde la DGT en su página web, “tienes un plazo voluntario de 20 días naturales desde que recibiste la notificación para pagar o recurrir si no estás conforme con la sanción.