Las multas de la DGT por guardar aparcamiento

Quienes conducen suelen temer el momento final del recorrido, cuando toca aminorar la velocidad y encontrar sitio para dejar el coche. En los centros de las grandes ciudades y las zonas de bajas emisiones la tarea se complica hasta la neurosis. Es habitual asistir a la clásica escena del Día de la Marmota, con decenas de coches que dan vueltas por la misma manzana a la espera de un sitio libre.

En este contexto, hay quienes aprovechan la picaresca (o el sentido común) para hacer extensivo el derecho de estacionamiento a las personas de su entorno cercano. Este ha sido el caso reciente de una mujer en Talavera de la Reina que decidió guardarle el sitio para aparcar a su hija mientras esta terminaba de dar una vuelta. Este gesto provocó una fuerte discusión entre otro conductor y la mujer, que llegó a subirse al capó y no mostró intención de moverse.

Más allá de la intervención de la Guardia civil, la situación provocó un gran revuelo en redes sociales y avivó una duda frecuente entre conductores. ¿Es legal guardarle el sitio para aparcar a otra persona? ¿Qué dice la DGT?

¿Se puede reservar espacio de aparcamiento sin estacionar el coche?

La escena es familiar: damos vueltas y vueltas con el coche por una dedalera de calles. Las plazas libres están tan disputadas que sabemos casi al instante que tocará armarse de paciencia. En ese momento, le pedimos a nuestro acompañante que se baje y vigile el tramo por el que estamos pasando, por si diera la casualidad de que otro vehículo se marcha y deja una plaza libre. Es un gesto tan común y tan frecuente en las costumbres de los conductores y quienes los acompañan que es lógico tener dudas sobre la legalidad.

Lo más razonable en este caso sería desobedecer la costumbre arraigada en nuestro cerebro conductor (“No pasa nada si alguien me guarda la plaza cinco minutos”) y atender a lo que especifica la Ley de Seguridad Vial en relación a los peatones y a las señales de tráfico. “Deben transitar por la zona peatonal, salvo cuando esta no exista o no sea practicable, en cuyo caso podrá hacerlo por el arcén o, en su defecto, por la calzada, en los términos que reglamentariamente se determine”.

Yendo un poco más allá, el reglamento de la DGT marca en su artículo 122.6 el marco legal que prohíbe gestos como el de la mujer de Talavera de la reina, indicando que los peatones tienen acotados los espacios en los que pueden situarse y los que no. “Ningún peatón debe permanecer detenido en la calzada ni en el arcén, aunque sea en espera de un vehículo, y para subir a éste, sólo podrá invadir aquella cuando ya esté a su altura”.

La multa de la DGT por reservar aparcamiento

El caso de la ‘madre coraje’ de Talavera de la Reina que le guardaba el sitio a su hija es solo una de las muchas situaciones en las que podemos exponernos a una multa por seguir una costumbre que, hasta ahora, no había sido cuestionada.

Si bien es cierto que no en todos los contextos es tan fácil determinar si corresponde imponer una sanción, la realidad es que deberíamos tener cuidado con tomarnos la libertad de reservar espacio de estacionamiento.

El reglamento de circulación establece diferentes sanciones en función de la infracción. Estas van desde las leves (80 euros) hasta las más elevadas (200 euros). Sería el caso, por ejemplo, de un conductor que coloca mobiliario urbano en el sitio libre para reservarse el espacio. Idéntica situación si decidiera bloquear dos plazas con el coche y le impidiera a otros estacionar el vehículo en el espacio acotado para ello. Multazo por pasarse de listo.