¿Qué pensiones pueden cobrar aquellos que no han cotizado el tiempo suficiente?

En España, nuestro sistema de pensiones está diseñado para proporcionarnos un nivel de seguridad económica a las personas durante el tiempo que dure nuestra jubilación, tras haber cotizado durante un máximo de 37 años. Este sistema de reparto se basa en la retroactividad: las cotizaciones de los trabajadores actuales financian las prestaciones de los jubilados, tal y como ellos hicieron en su día.

Es evidente que acceder a esta prestación es el premio a una larga carrera profesional; una meta que no siempre se alcanza, pues es probable que durante nuestra vida profesional haya cambios inesperados, reveses y giros que impacten de alguna forma en el cálculo de la pensión que nos corresponde. En el reverso ‘malo’ de esta coyuntura están quienes no han cotizado el tiempo suficiente y se enfrentan a una situación difícil. ¿Qué opciones tienen?

¿Qué sucede si no he cotizado el tiempo suficiente?

En primer lugar, existe la posibilidad de solicitar una pensión no contributiva de jubilación. Esta prestación está destinada a garantizar un mínimo de ingresos a las personas mayores de 65 años que no cuentan con recursos económicos suficientes y no han logrado alcanzar el número mínimo de años cotizados. Recordemos que el período mínimo para acceder a la contributiva es de 15 años. Al menos dos deben estar comprendidos dentro de los 15 años previos a la fecha de retiro.

Para acceder al ‘sueldo’ de los jubilados y las jubiladas, debemos cumplir ciertos requisitos:

  • Tener 65 años o más.
  • Residir legalmente en España y haberlo hecho durante al menos 10 años, de los cuales dos deben ser consecutivos e inmediatamente anteriores a la solicitud.
  • No superar un nivel de ingresos establecido por ley. Este límite se actualiza anualmente y varía según la situación familiar del solicitante.

El importe se ajusta según los ingresos y el número de personas que compongan la unidad familiar, pero en ningún caso supera una cantidad máxima fijada por la ley, que también se actualiza anualmente. Según datos del IMSERSO, “la cuantía anual integra establecida para las pensiones de invalidez y jubilación no contributivas en el año 2024 asciende a 7.250,60 euros anuales.”

Otra opción para quienes no han cotizado lo bastante es la prestación por incapacidad permanente no contributiva, pensada para quienes sufren algún tipo de accidente o enfermedad, no pueden trabajar y no han alcanzado el período de cotización necesario para acceder a una prestación contributiva. Los requisitos se ajustan en este caso a sus necesidades.

  • Tener reconocida la incapacidad permanante.
  • Residir en España y haber cotizado un mínimo de tiempo que varía según la edad del solicitante al momento del accidente o diagnóstico de la enfermedad.
  • Cumplir con los requisitos económicos similares a los de la pensión no contributiva de jubilación.

Las ayudas a las que puedes acceder si no tienes derecho a una pensión

Otra alternativa es el subsidio para mayores de 52, pensado para dar apoyo financiero a las personas desempleadas de esa edad que han agotado sus prestaciones por desempleo y asegurar así que puedan mantener unos ingresos mínimos hasta alcanzar la edad en que puedan jubilarse.

La particularidad de esta prestación destinada a un grupo de trabajadores muy concreta es que incluye el abono de las cotizaciones a la Seguridad social. Durante el periodo en el que se percibe el subsidio, el Estado continúa cotizando por el beneficiario, lo que le permite seguir acumulando derechos para su futura pensión de jubilación. Otro punto interesante es que es compatible con la realización de trabajos a tiempo parcial para complementar ingresos con el salario percibido.

La cuantía es el 80% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), un índice que se actualiza anualmente y sirve de referencia para la asignación de diversas ayudas y prestaciones.

Entre los requisitos, el solicitante debe tener 52 años o más y estar en situación de desempleo. Además, es necesario haber agotado una prestación contributiva por desempleo y estar inscrito como demandante de empleo en el SEPE.

Además, se debe haber cotizado por desempleo durante al menos seis años a lo largo de la vida laboral. El solicitante debe cumplir con los requisitos para acceder a una pensión contributiva de jubilación, salvo en lo que respecta a la edad.

Asimismo, los ingresos no deben superar el 75% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) en el momento de pedir la ayuda. Esta condición se aplica tanto a los ingresos individuales como a los ingresos del conjunto de la unidad familiar, si se convive con otras personas.