Desde el pasado 11 de abril estamos inmersos en la campaña de la Renta 2022, la cual acabará el próximo 30 de junio. Para entonces, todos los contribuyentes obligados a realizar este trámite deberán haber presentado su declaración. En la búsqueda de lograr un resultado negativo –la Agencia Tributaria tiene hasta el 31 de diciembre para devolver el dinero correspondiente–, surgen preguntas como si es posible desgravarse el seguro de hogar. En este caso la respuesta es afirmativa, pero solo si se cumplen algunas condiciones.
Como podemos comprobar a continuación, no todos los inmuebles son susceptibles de ser tenidos en cuenta para desgravar el seguro del hogar. De hecho, esta medida solo afecta a aquellos que se adquirieron antes del año 2013. A partir de ese año cambió la fiscalidad con respecto a la vivienda y desde entonces la hipoteca de la vivienda habitual tampoco es deducible.
Así pues, el primer condicionante es que el contribuyente comprara su vivienda antes de 2013. Pero no es el único, pues para desgravar el seguro del hogar también es necesario cumplir los siguientes:
En el caso de cumplir con todos estos condicionantes, el contribuyente deberá indicar el importe correspondiente a este seguro en las casillas 547 y 548 de la declaración, ya que corresponden a las deducciones por inversión en vivienda habitual.
Por otro lado, tal y como explica Acierto.com, existe la opción de que los propietarios de una vivienda en alquiler puedan desgravar el seguro del hogar que tienen contratado para dicho inmueble. Como cabe esperar, no lo harán bajo el mismo concepto que acabamos de apuntar, sino que se tratará como “un gasto deducible a efectos del cálculo del rendimiento neto del capital inmobiliario”, explican. Así pues, la casilla que se deberá marcar será la 0114.
Esta misma web también se hace eco de la posibilidad que tienen los trabajadores autónomos que realizan su actividad laboral en casa de desgravarse parte del seguro del hogar.
Al igual que ocurre con otros gastos ligados a su profesión, los autónomos que trabajen en su hogar tienen la opción de llevar a cabo una deducción parcial de este seguro. Es decir, si tienen estipulado que el lugar de trabajo supone el 25 % de las superficie del inmueble, solo se podrá aplicar ese porcentaje.
En cuanto al apartado donde se debe incluir, en este caso es la casilla 200, la cual se encuentra en Rendimientos de actividades económicas en estimación directa.