La aprobación este jueves en el Congreso de la ley de vivienda ha vuelto a encender el debate sobre la okupación y los desahucios en nuestro país. Los opositores a la norma aseguran que legaliza este fenómeno social y económico que son los allanamientos y las usurpaciones al defender más a los ocupantes que a los propietarios. Desde el Gobierno y las fuerzas políticas que lo apoyan, el principal cambio de la ley es que mantiene la protección de los colectivos más vulnerables ante los desahucios sobrevenidos. Todo ello enmarcado en ligero descenso de este tipo de delitos en 2022 respecto al año anterior, según datos oficiales del ministerio del Interior.
A pesar de este descenso, lo cierto es que cada día se registra una media de 46 denuncias por okupaciones en España, ligeramente superior a los años previos a la pandemia en lo que se considera una tendencia alcista en este tipo de delitos.
El proyecto de Ley por el derecho a la vivienda introduce cambios en este sentido que recupera el debate en torno a la verdadera dimensión de las okupaciones en España. El alarmismo social es una realidad que, aunque no se sostenga con los datos reales, sí es una preocupación para los propietarios que ven en estos procesos de regulación una amenaza para sus inversiones.
La ley de la vivienda mantiene en su nuevo articulado la consideración de gran tenedor a "la persona física o jurídica que sea titular de más de diez inmuebles urbanos de uso residencial o una superficie construida de más de 1.500 m2 de uso residencial, excluyendo en todo caso garajes y trasteros". Una consideración que se ve modificada cuando estas viviendas están radicadas en "entornos de mercado residencial tensionado" rebajándose esta cifra a hasta los "cinco o más inmuebles urbanos de uso residencial".
Hay que recordar que esta consideración de mercado tensionado dependerá de las valoraciones que realicen cada comunidad autónoma. En este sentido, el Partido Popular ya ha anunciado su oposición a este tipo de definiciones en aquellas regiones en las que gobierna.
Otra de las polémicas derivadas del trato a los okupas en la nueva ley de la vivienda es el trato que recibirán estas personas ante las denuncias por parte de sus caseros.
En el caso de inquilinos con la consideración de "vulnerabilidad económica", la norma limita la posibilidad de lanzamientos o desahucios iniciados por los grandes tenedores de viviendas, 10 en zonas no tensionadas y a partir de 5 en las que así hayan sido declaradas, obligándoles a acredite que se ha sometido un procedimiento previo de conciliación o intermediación.
Estos grandes tenedores o los organismos de intermediación están también obligados a informar a las personas en situación de vulnerabilidad económica que vayan a ser desahuciados sobre todo tipo de ayudas y subvenciones existentes en materia de vivienda.
El procedimiento para estos grandes tenedores de vivienda requiere que iniciar el proceso de intermediación cinco meses antes del posible desahucio y que la Administración no haya dado respuesta a su iniciativa dos meses después.
Además, los propietarios de vivienda habitual o segunda residencia que hayan denunciado y "solicitado la inmediata entrega de la posesión de la vivienda" tendrán que esperar un plazo de cinco días en el que los ocupantes podrán aportar un "título que justifique su situación posesoria". En caso contrario, se decretará "el desalojo de los ocupantes y la inmediata entrega de la posesión de la vivienda al demandante".