Finalizada la Navidad, comienzan las rebajas de invierno y, por ello, conviene recordar una serie de recomendaciones, entre ellas, los derechos de los consumidores en este periodo, ya sea en el caso de las compras realizadas por Internet o las que se hagan en modo presencial.
En este sentido, tanto las políticas de pago, como las de devolución y garantías, deben mantenerse en ambos canales durante este periodo de rebajas en las mismas condiciones que el resto del año, lo que significa que los establecimientos físicos y digitales, entre otras obligaciones, tienen que aceptar los medios de pago que utilicen habitualmente (tarjeta, efectivo o financiado) y mantener los mismos plazos de devolución, según recuerda el Ministerio de Consumo.
En el caso de las compras 'online', además, existe el derecho de desestimiento: un plazo de 14 días en los que se puede devolver el producto sin necesidad de alegar motivo alguno ni asumir coste. Además, a la hora de adquirir productos o servicios por Internet, hay otros aspectos que los consumidores deben de tener en cuenta en caso de posibles reclamaciones.
Respecto a las garantías, desde el 1 de enero de 2022, ya son tres los años durante los que las empresas están obligadas a reparar o sustituir el producto o servicio adquirido por el cliente en caso de disconformidad.
Durante las rebajas, cuya fecha de inicio y fin debe estar publicitada de forma visible en todo momento, los establecimientos tienen una serie de obligaciones como etiquetar los productos rebajados de forma clara y diferenciada del resto, incluyendo el precio original más el reducido o el porcentaje de descuento; no ofertar como productos rebajados aquellos que tengan taras o sean defectuosos; o disponer de stock suficiente de los productos o servicios rebajados, en función de la importancia de la publicidad realizada.
Por su parte, los consumidores deben de conservar el ticket o factura de la compra, ya que será la documentación necesaria para ejercer cualquier derecho de devolución o ejecución de garantía.
En caso de que se produjeran conflictos, desde el Ministerio de Consumo recomiendan acudir a los servicios de Consumo de las diferentes CC.AA., a las Oficinas Municipales de Información al Consumidor (OMIC) de los ayuntamientos o a las juntas arbitrales de Consumo que existen por todo el territorio tanto a nivel regional como local.
El sistema arbitral es un mecanismo de resolución de conflictos extrajudicial, de carácter vinculante y ejecutivo para consumidor y empresa, que facilita y agiliza la protección de los derechos de las personas consumidoras y, en especial, de las más vulnerables, ya que se trata de un sistema gratuito.