La Audiencia de Barcelona ha confirmado el archivo dictado por un juzgado de Manresa sobre el caso de las dos gemelas de Sallent (Barcelona) que se tiraron por un balcón, donde una de ellas murió y la otra quedó herida muy grave, al considerar que no hay indicios suficientes de delito.
Las niñas, de 12 años, se lanzaron al vacío desde el balcón de su casa en Sallent en 2023 y una de ellas, Alana, que había pedido a su entorno que la llamaran Iván, falleció en el acto, mientras que su hermana fue ingresada en estado grave.
Los Mossos d'Esquadra investigaron los hechos y determinaron en su primer atestado remitido al juzgado de Manresa que el salto por el balcón de las dos hermanas pudo haber tenido múltiples posibles causas, entre ellas, la identidad de género o el acoso escolar.
En un auto, la sección quinta ha apoyado la decisión del juzgado de instrucción número 3 de Manresa, que decidió archivar la causa al considerar que no era posible "apreciar una situación de acoso por parte de alguno de los responsables del centro" al que iban las menores y que pudiese constituir una posible inducción al suicidio.
La jueza instructora determinó que en la causa "no se han evidenciado indicios suficientes para continuar adelante con el presente procedimiento ni tampoco existe imputación individualizada frente a una persona concreta o institución".
La Audiencia de Barcelona ha revisado el caso a raíz de los recursos de las familias y ha decidido confirmar el archivo ante la "ausencia de indicios de criminalidad".
En el auto, el tribunal ha relatado que la joven pudo haber sido "objeto de un cierto acoso escolar por parte de algunos de sus compañeros", todos ellos menores de 12 años, porque había recibido insultos por su identidad de género y por su origen argentino.
La sala también señala que en el centro existía un contexto "problemático" que probablemente trascendía a la menor, puesto que los docentes describieron el curso de la joven fallecida como "especialmente conflictivo" y en el que estaban escasos de recursos para afrontarlo.
La sección quinta estima que de la investigación se desprende que tanto la menor como su familia "fueron objeto de atención y seguimiento por parte de numerosos profesionales de disciplinas diferentes, que abordaron desde sus diferentes ámbitos su desarrollo integrativo".
El auto subraya que no consta que, con independencia de la activación del protocolo por acoso escolar, la menor que perdió la vida "fuera desatendida o se obviaran por los diferentes profesionales que la atendieron sus problemas educativos, sociales, psicológicos o personales".
"No podemos afirmar que la decisión tomada por la menor fuera previsible para ellos, porque no consta que hubiera antecedentes previos de conductas semejantes y fallidas", y tampoco podía determinarse con la información disponible que se hallara en una situación límite, concluye la Audiencia.
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