Condenado a siete años de cárcel el trabajador de una residencia por abusos sexuales a una mujer con discapacidad psíquica

Un hombre tendrá que cumplir siete años y un día de prisión por abusos sexuales a una residente de un centro asistencial, diagnosticada con retraso mental ligero y un grado de discapacidad del 65%. Así la ha decidido el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), que ha confirmado la sentencia de la Audiencia de Provincial de Cádiz.

Los abusos sexuales a la mujer fueron cometido en septiembre de 2018 cuando el condenado era trabajador en el centro asistencial y "conocía la discapacidad intelectual" de la víctima y que "era fácilmente enamoradiza".

El hombre comenzó a acercarse a ella con el pretexto de arreglarle un dispositivo electrónico que tenía estropeado y establecer una relación haciéndole creer que "estaba enamorado de ella y que iba a dejar a su mujer y sacarla del centro para irse a vivir" juntos.

La víctima le contó a otro trabajador de la residencia que estaba "ilusionada" por su relación con el condenado

Según los hechos probados de la sentencia, se produjeron en tres días seguidos tres episodios de abuso sexual, que fueron descubiertos después de que la víctima se lo contara a otro trabajador del centro que la notó nerviosa y se puso a llorar al preguntarle qué le pasaba. La mujer finalmente le contó que estaba "ilusionada" con su relación con el trabajador y que la iba a sacar de la residencia.

Los hechos fueron comunicados a la dirección del centro, cuya directora tras escuchar a todas las partes en su despacho, incluyendo a la víctima asegurar delante del acusado que él sabía que era verdad lo que estaba contando, expulsó del centro al trabajador, que fue condenado a siete años y un día por un delito continuado de abuso sexual.

La sentencia fue recurrida ante el TSJA, alegando la defensa del condenado que se vulnera el derecho fundamental de la presunción de inocencia y sostener que el testimonio de la víctima no es creíble ni verosímil y que carece de corroboraciones externas, lo cual ha sido desestimado por el alto tribunal andaluz.

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