El Tribunal Supremo impone la pena de prisión permanente revisable al asesino de Marta Calvo, Jorge Ignacio Palma

  • Considera que cabe imponer la pena máxima de prisión a un “asesino en serie” por su tercer crimen si en el mismo juicio ha sido condenado previamente por dos asesinatos

  • Confirma una pena de 137 años por la muerte de otras dos mujeres y el intento de otras seis en encuentros sexuales con consumo de cocaína

  • El tribunal eleva a 140.000 euros la indemnización que debe pagar a los padres de Marta Calvo

La Sala de lo Penal ha condenado a una pena de prisión permanente revisable a Jorge Ignacio Palma, autor de la muerte de Marta Calvo, y ha elevado a 140.000 euros la indemnización que debe pagar a sus padres en concepto de responsabilidad civil por el asesinato de su hija. También ha confirmado una pena de 137 años de prisión por la muerte de otras dos mujeres y el intento de otras seis durante encuentros sexuales con consumo de cocaína entre junio de 2018 y noviembre de 2019.

El tribunal ha estimado parcialmente el recurso de las acusaciones particulares contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Valencia que, al igual que un Tribunal del Jurado de la Audiencia Provincial de esa ciudad, impuso una sola pena para los tres asesinatos consumados y no aplicó la pena de prisión permanente revisable que solicitaron las acusaciones por el asesinato de Marta Calvo, que era el tercero cometido.

La Sala, sin embargo, considera que cabe imponer esta pena máxima de prisión por un tercer crimen a los “asesinos en serie” que en un mismo proceso, juicio y sentencia tengan dos condenas previas por asesinato, como ocurre en este caso. El tribunal concluye que se dan los requisitos del artículo 140.2 del Código Penal que prevé la imposición de la citada pena al “reo de asesinato que hubiera sido condenado por la muerte de más de dos personas”: un crimen más dos anteriores.

En síntesis, los hechos probados describen que el condenado se citaba con las mujeres para, a cambio de dinero, tener relaciones sexuales, pero les introducía cocaína en grandes cantidades por sus órganos sexuales contra su voluntad y sin su consentimiento. Ello es lo que provocó la muerte a tres víctimas y estuvo a punto de hacerlo con otras seis que pudieron salvar su vida al desplazarse a centros hospitalarios antes de que la cocaína provocara el efecto que causó en las tres mujeres a las que mató.

Un tribunal del jurado de la Audiencia Provincial de Valencia condenó al acusado a 159 años y 11 meses de prisión como autor de un delito contra la salud pública, un delito contra la libertad e indemnidad sexuales, seis delitos contra la libertad e indemnidad sexuales en concurso ideal con seis delitos de asesinato alevoso en grado de tentativa y de tres delitos contra la libertad e indemnidad sexuales en concurso ideal con tres delitos de asesinato alevoso consumados, con la agravante de discriminación por razón de género. Asimismo, le impuso el pago de indemnizaciones que ascendían a 640.000 euros a las siete víctimas vivas y a los familiares de las tres fallecidas.

Posteriormente, el Tribunal Superior de Justicia de Valencia modificó la sentencia de instancia solo para elevar de 70.000 a 90.000 euros la indemnización que en concepto de responsabilidad civil debían recibir los padres de Marta Calvo, que reclamaban 150.000 euros.

No se exige que las dos condenas previas por asesinato sean firmes

El Tribunal Supremo impone dicha pena de prisión permanente revisable por el crimen tercero, que fue el de Marta Calvo, por entender que no se exige la existencia de condenas firmes previas al crimen cometido, sino que la pena de prisión permanente revisable se aplica también a los “asesinos en serie”, que es lo que en este caso ocurrió, ya que mató antes de a Marta Calvo, a quien también descuartizó, a dos mujeres más con el mismo procedimiento en el que tenía la previsión de que podría causarles la muerte, como así ocurrió en tres casos y estuvo a punto de hacerlo con otras seis víctimas.

Es decir, que no se exige que en las otras muertes existan condenas firmes previas, y cabe aplicar esta pena de prisión permanente revisable tanto en los casos de asesinos en serie como de asesinatos múltiples, aplicando esta pena al tercero de los crímenes, y al resto de los crímenes y las tentativas de asesinato las penas que les corresponda, que es lo que en este caso se ha realizado por el TS, ya que se condena a la prisión permanente revisable por la muerte de Marta Calvo, que fue el tercer crimen, manteniendo el resto de penas, tanto por los dos crímenes, como las tentativas de asesinato cometidas también.

Señala el TS que “se puede aplicar la prisión permanente revisable en la misma sentencia en la que se trata el “enjuiciamiento conjunto” de los crímenes cometidos, con ello, es el caso de los criminales “en serie”. Resulta biológicamente imposible que la interpretación de la “mens legislatoris” sea la de exigir la condena de tres sentencias firmes, circunstancia inviable que solo cabría aplicar a un preso que estuviera cumpliendo condena por asesinato y matare de igual manera cumpliendo pena. Ello afecta a los asesinos en serie, a los múltiples y atentados terroristas, por ejemplo, con varios resultados, pero sin exigir condenas previas firmes.”

Y se añade que “hay que tener en cuenta que tanto los asesinatos en serie cuando es descubierto el autor por uno de ellos y se enlaza la investigación, como en este caso ha ocurrido, y los asesinatos múltiples cometidos al mismo tiempo se juzgan en unidad de acto por todos los crímenes perpetrados. Ahí es donde hay que enlazar el art. 140.2 CP con las condenas para “hilar” el tercer crimen con otros dos cometidos, ya en serie ya en la vía de “crímenes múltiples”.

Refiere el TS que “en el caso analizado se trata, como se cita por la criminología, el supuesto del “depredador letal” al cometer los hechos en serie con la presencia de la “compulsión por matar”. Mató a tres mujeres y estuvo a punto de hacerlo con otras seis con el método que empleó.”

Añade que “tenemos que decir que cuando el legislador del año 2015 introdujo la pena de prisión permanente revisable en el artículo 140.2 CP, indudablemente que estaría pensando en supuestos como el aquí contemplado, que es de una gravedad absoluta con desprecio absoluto a la vida de las víctimas, y sin importarle cuál sería la consecuencia de sus actos, al punto de que en el caso de Marta Calvo la descuartizó tras haberla asesinado.

Pero es que, además, ya era consciente de lo que podía ocurrirle a Marta porque fue la última de las víctimas, y antes que ella ya había matado a dos personas más, y estuvo a punto de hacerlo con otras seis, con lo cual era plenamente consciente de las consecuencias de su proceder y de lo que de ello se iba a derivar, sin importarle para nada la vida de Marta, como tampoco le importó la de las anteriores víctimas por los hechos que iba cometiendo.

No hay que olvidar, además, en este caso resulta evidente la crueldad con la que se han perpetrado estos hechos y el desprecio a la vida de las mujeres aprovechando su vulnerabilidad, así como el comprensible estado en el que dejan a las familias de las víctimas marcadas de por vida por estos crímenes y con el sufrimiento añadido que ello conlleva.”

La madre de Marta Calvo: "Lo único que espero es saber dónde está Marta"

Marisol Burón, madre de la joven Marta Calvo, se ha mostrado "emocionada" tras conocer la sentencia y ha lanzado un último deseo: "Lo único que espero es saber dónde está Marta". El cuerpo de su hija, tal y como confesó el condenado en el juicio, fue descuartizado, pero nunca se ha podido localizar.

Burón, en declaraciones a los medios de comunicación, ha manifestado que está "muy contenta" con la resolución del Alto Tribunal porque "esto era más que merecido". "Después de toda la lucha que llevamos, al final hemos justicia a Marta y a todas las demás víctimas", ha dicho.

"Tenía que ser así", ha señalado, para agregar que "este asesino se merece no ver jamás la luz del sol, como tampoco la va a ver mi hija ni todas ellas. Entonces no cabía otra posibilidad. Yo estaba muy convencida, es que tenía el 100% de que esto iba a ocurrir y esto iba a ser así. Y gracias a Dios, ha ocurrido", ha insistido.

Preguntada por lo que espera a partir de este momento, Marisol Burón ha manifestado: "Judicialmente esto acaba aquí. Ahora es lo peor, y es que el asesino diga dónde está mi hija. Yo sé que él no lo va a decir. Él sabe que le he fastidiado pero primero me fastidió él a mí. Y creo que por venganza no lo va a decir, porque es mala persona", ha indicado.

"Él es mala persona y las personas malas no hacen el bien. Espero que algún día la Guardia Civil o cualquier persona encuentre a mi hija, pero por él no va a ser", ha apostillado.

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