Este mediodía se ha aprobado el decreto que establece el calendario laboral de aplicación en el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana para el año que viene (2025). Este calendario, creado por el Consell, incluye un total de 12 días festivos que serán de carácter retribuido y no recuperable, proporcionando a los trabajadores un merecido descanso en fechas clave a lo largo del año.
Son las siguientes: 1 de enero (Año Nuevo), 6 de enero (Reyes), 19 de marzo (San José), 18 de abril (Viernes Santo), 21 de abril (Lunes de Pascua), 1 de mayo (Día del Trabajador), 15 de agosto (Asunción de la Virgen), 9 de octubre (Día de la Comunitat Valenciana), 1 de noviembre (Todos los Santos), 6 de diciembre (Día de la Constitución), 8 de diciembre (Inmaculada Concepción) y 25 de diciembre (Navidad). Estos días festivos abarcan tanto celebraciones religiosas como civiles, reflejando la diversidad cultural y tradiciones de la región.
Además de estas 12 festividades, el calendario laboral se completará con dos fiestas de carácter local, que serán determinadas por las diferentes corporaciones locales de la Comunitat Valenciana. De esta manera, se cumplirán las 14 festividades que establece el Estatuto de los Trabajadores, garantizando así el derecho de los empleados a disfrutar de estos días de descanso adicional en sus respectivas localidades.
La aprobación de este calendario laboral es una medida esperada cada año, ya que permite a las empresas y trabajadores planificar con antelación sus actividades y tiempos de descanso. Desde el Consell han destacado la importancia de respetar y cumplir con este calendario para asegurar el bienestar de los trabajadores y el correcto funcionamiento de las actividades económicas y sociales en la Comunitat Valenciana.
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