La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha confirmado este miércoles la condena a prisión permanente revisable dictada contra Ana Julia Quezada por el asesinato con alevosía del niño Gabriel Cruz, de 8 años de edad en febrero de 2018 en una finca de Rodalquilar, en Níjar (Almería).
El alto tribunal considera que la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía de prisión permanente es válida y estuvo suficientemente fundamentada por lo que el veredicto dictado estuvo motivado.
Los magistrados del Tribunal Supremo han desestimado así los recursos de casación interpuestos por la defensa de Quezada y por la acusación particular, ratificando la sentencia de prisión permanente revisable d por un delito de asesinato hiperagravado y a dos años y medio de prisión por dos delitos contra la integridad moral de los padres del niño.
La pena de prisión permanente revisable está prevista en el artículo 140 del Código Penal para los asesinatos en los que la víctima sea menor de 16 años o se trate de una persona especialmente vulnerable por razón de su edad, como en este caso. También en caso de que la víctima sea vulnerable por enfermedad o discapacidad; cuando el asesinato sea subsiguiente a un delito contra la libertad sexual cometido por el autor sobre la víctima; cuando el autor del crimen pertenezca a un grupo u organización criminal; y cuando el reo de asesinato haya sido condenado por la muerte de más de dos personas.