El Colegio Profesional de Administradores de Fincas de Madrid (CAFMadrid) esperaba que las piscinas comunitarias se ampliaran en el paso paulatino a la nueva normalidad hasta al menos la mitad del aforo. Y así ha sido. Se pasa del 30 al 50% de la capacidad. La evolución de la pandemia dirá si se puede ampliar o no este margen.
La organización estima que en los próximos días abrirán "unas 6.000" piscinas de las comunidades de vecinos, la mitad de las que se contabilizan de esta tipología en la Comunidad. Los residenciales más pequeños y familiares son las que apuestan de forma clara por la reapertura. Las que cuentan con menos de 30 viviendas, donde el socorrista no es obligatorio, la limitación de aforo apenas les afecta.
Distinto es el caso de las que necesitan además del socorrista, un controlador para que se cumplan los turnos. Reducir el aforo, entrar con cita previa y la desinfección continua son algunas de las medidas necesarias para poder abrir estas piscinas. Los administradores consideran que "no es posible gestionar citas previas sin personal o, al menos un teléfono y la inmensa mayoría de las comunidades de propietarios carecen de ambos recursos", que recuerdan "la enorme controversia" que supondría tratar de alcanzar un acuerdo para el establecimiento de turnos, cuando todavía no están autorizadas las reuniones de las comunidades de propietarios.
En cuanto a las piscinas recreativas -tanto privadas como municipales- mantendrán, hasta nueva orden, un aforo máximo del 50% (los ayuntamientos podrán regular la ocupación de las municipales), mientras que las piscinas deportivas –privadas y municipales- contarán con un aforo del 75%. A partir del 6 de julio no tendrán límite de aforo, manteniendo en las zonas de estancia la distancia de 1,5 metros entre sus usuarios.
El 1 de julio abrirán las piscinas gestionadas por la Comunidad de Madrid (M-86 Centro Deportivo, Parque Deportivo Puerta de Hierro, Instalaciones Deportivas Canal Isabel II y San Vicente de Paúl).
Hasta el 5 de julio, la actividad física y deportiva no federada y al aire libre se podrá realizar de forma individual o colectiva hasta un máximo de 25 personas a la vez. En instalaciones y centros deportivos, también al aire libre, esos grupos de 25 personas no pueden superar el 75% del aforo máximo permitido. Después no habrá límite de aforo siempre que se respete la distancia de seguridad.
Desde la entrada en vigor de la presente orden y hasta el 5 de julio incluido, se podrá realizar en gimnasios actividad deportiva en grupos de hasta 20 personas, sin contacto físico y siempre que no se supere el 60% del aforo máximo permitido. Desde el 6 de julio y hasta que la situación epidemiológica lo aconseje, dicho porcentaje se ampliará al 75% por ciento y a 25 personas.
El acceso a las instalaciones y cualquier desplazamiento por su interior debe hacerse obligatoriamente con mascarilla y no se compartirá ningún material. En los vestuarios se deberá garantizar el respeto a la distancia mínima interpersonal de, al menos, 1,5 metros. Los organizadores de eventos deportivos deberán contar con un protocolo específico en el ámbito del COVID-19.
Los entrenamientos, competiciones o eventos de carácter regional en instalaciones deportivas podrán celebrarse con público: hasta el 5 de julio, los espectadores no superarán el 75% del aforo permitido y permanecerán sentados y distanciados, al menos, 1,5 metros entre ellos. A partir del 6 de julio, no existirá límite en cuanto al aforo, si bien se mantendrá la distancia de seguridad con un límite máximo de asistencia de 300 personas para lugares cerrados y de mil personas tratándose de actividades al aire libre. La asistencia de público de las Ligas profesionales de fútbol y baloncesto están reguladas por el Consejo Superior de Deportes.