La Fiscalía Provincial de Valencia considera que tanto el padre como la madre de los menores asesinados en Godella en marzo de 2019 fueron autores del crimen, aunque únicamente reclama pena de prisión para el padre por considerar que la madre sufría un brote agudo de esquizofrenia.
En su escrito de acusación, el Ministerio Público pide 50 años de prisión para el padre, 25 años por cada asesinato, y el internamiento durante el mismo periodo para la madre, con un tope de 40 años de cumplimiento de condena en ambos casos.
El 14 de marzo de 2019 fueron hallados muertos y enterrados en una vivienda del término municipal de Godella (Valencia) un niño de 3 años y medio y una niña de apenas cinco meses, hijos de los procesados.
El hallazgo se produjo nueve horas después de que la madre, que fue hallada desnuda y oculta en un bidón, confesase su ubicación. Los cuerpos fueron enterrados en dos fosas, una a unos 75 metros de la vivienda que ocupaba la familia de forma ilegal, y el otro a unos 150 metros, en el suelo.
En los días posteriores a este suceso, la madre fue objeto de varios análisis médicos para tratar de determinar si sufría alguna enfermedad mental, y finalmente al menos dos informes psiquiátricos, que ya obran en la causa, han determinado que sufre esquizofrenia paranoide, motivo por el cual está intensamente medicada.
El padre, que tiene doble nacionalidad belga y mexicana (sin antecedentes penales), y la madre, española (con antecedentes no computables a efectos de reincidencia), eran pareja de hecho desde finales de 2011.
Siempre según el escrito de calificación del fiscal, ambos vivieron en diversos ligares de Europa y España y entre febrero y marzo de 2017 se instalaron en una casa de campo de Godella, que "arreglaron hasta hacerla habitable" pero "sin consentimiento de su titular".
Fruto de la relación de los acusados nacieron dos hijos, el primero en noviembre de 2015 y la segunda en septiembre de 2018.
El fiscal cree que ambos "tenían y compartían creencias místico religiosas, que habían aprendido e interiorizado" y que concretamente creían en la regresión, en la purificación de las almas.
"Ambos acusados -prosigue el fiscal- compartían asimismo ideas consistentes en la existencia de una secta que les perseguía y asediaba, que abusaba de su hijo y que tenía la intención de secuestrarlos. Consideraban que tal secta estaba integrada incluso por los familiares y amigos de la propia María. Hasta tal punto estaban convencidos de ello que permanecían en vigilia por las noches".
Durante los meses iniciales de 2019 esas creencias se vieron incrementadas por dos acontecimientos: el ser denunciados por la ocupación ilegal de la vivienda que ocupaban y el hecho de que la madre de María, viendo la actitud y conducta de los acusados, estuviese pendiente de ellos "por el temor de que algo pudiese sucederle a sus nietos".
"Los acusados, impulsados por sus creencias, tomaron la determinación, que Gabriel inculcó a María, de que la única forma de proteger a sus hijos del asedio del que eran objeto era, previo baño purificador de sus almas, terminar con sus vidas y enviarlos al más allá para que posteriormente pudieran revivir", detalla el fiscal en su escrito de acusación.
Así las cosas, entre las 22 horas del 13 de marzo y las 4 horas del día 14 los acusados "actuando de común acuerdo en la ejecución de tal plan, haciendo y dejando hacer el uno al otro, primero bañaron a sus hijos en la piscina y posteriormente les propinaron multitud de violentos golpes a ambos, bien con un objeto contundente, bien contra el suelo".
El fiscal cree que en el momento de cometer el crimen la madre "padecía una esquizofrenia de tipo paranoide, que se encontraba en fase de brote agudo, y que anulaba las bases psicobiológicas de su imputabilidad (inteligencia y voluntad)".
Los hechos descritos son, a juicio del Ministerio Público, constitutivos de dos delitos de asesinato, de los que son autores materiales los padres de los menores, con la agravante de parentesco pero, en el caso de la madre, con la eximente completa de anomalía psíquica.
Por ello, únicamente pide pena de prisión (de 50 años, 25 por cada delito) para el padre, mientras que para la madre reclama el internamiento en un centro especializado por el mismo periodo, con un máximo de cumplimiento de 40 años en ambos casos, en virtud de lo contemplado en el artículo 76.1 del Código Penal.
Como responsables civiles, se reclama a ambos acusados una indemnización de 300.000 euros para los abuelos paternos y otro tanto para los maternos.