El borrador de la ley para la igualdad de las personas trans diseñado por el Ministerio de Igualdad permitirá el cambio de sexo en el registro sin necesidad de informe ni tratamiento médico a partir de los 16 años, y entre los 12 y los 16 con consentimiento de padres o tutores.
El borrador fija así la despatologización de la transexualidad en línea con la Organización Mundial de la Salud, y garantiza protección y derechos específicos a toda aquella persona "cuya identidad de género no se corresponde con el sexo asignado al nacer".
El texto incluye medidas en el ámbito sanitario, educativo, laboral y deportivo y abre la puerta también a que se pueda solicitar que no se especifique el sexo en los documentos oficiales de identidad, para atender a quienes no se identifican ni con el genero masculino ni con el femenino.
Entre las prestaciones sanitarias, además de los tratamientos hormonales y quirúrgicos, se contempla que "las personas trans con capacidad de gestar" puedan recurrir a las técnicas de reproducción humana asistida.
El Ministerio de Igualdad aspira a iniciar la tramitación legislativa de este anteproyecto de ley en la primera quincena de febrero, razón por la cual se reunieron la pasada semana la ministra Irene Montero y la vicepresidenta primera del Gobierno, Carmen Calvo.
- Se reconoce el derecho a la identidad de género libremente manifestada, sin necesidad de aportar diagnóstico médico o psicológico alguno de someterse a tratamiento previo.
Como principal novedad, se elimina el requisito de diagnóstico de disforia de género para el cambio de sexo en el registro y será suficiente la libre declaración de la persona interesada.
- En cumplimiento de la jurisprudencia del Tribunal Constitucional y en línea con el informe de la ponencia que aprobaron los principales grupos parlamentarios en 2019, se elimina el requisito de la mayoría de edad para solicitar la rectificación de la mención registral del sexo.
Los mayores de 16 años estarán plenamente legitimados para solicitarlo; los menores de entre 12 y 16 años podrán hacerlo a través de sus representantes legales o con su consentimiento; y en el caso de los menores de 12, los padres o tutores podrán pedir el cambio de sexo registral con la conformidad de los niños.
- El cambio de sexo en el registro no alterará las causas jurídicas abiertas con anterioridad a la modificación registral. Se busca tranquilizar así a colectivos feministas que alertaban de la posibilidad de que algunos agresores recurrieran a esta ley para evitar las penas que establece la ley de violencia de género.
- La rectificación de la mención registral al sexo no obliga a cambiar el nombre y, para facilitar la plena inclusión de los menores trans, se les permite cambiar el nombre sin rectificar el sexo.
- El derecho a la identidad de genero libremente manifestada se reconocerá también a los extranjeros que se encuentren en España, con independencia de su situación administrativa.
- El Ministerio del Interior adoptará las medidas necesarias para que los documentos oficiales de identificación puedan omitir, a petición de la persona interesada, la mención relativa al sexo.
- En el capítulo dedicado a la atención sanitaria, se garantiza atención específica a las personas trans y se prohíbe también obligarlas a que se sometan a tratamiento.
El Sistema Nacional de Salud ofrecerá tratamiento hormonal, terapia de voz, cirugías genitales, mamoplastias, mastectomías y material protésico y las personas trans con capacidad de gestar podrán optar a las técnicas e reproducción asistida.
- En el ámbito educativo, se garantiza el derecho de los alumnos a exteriorizar su identidad de género, por lo que se deberá respetar su imagen física, la elección de su indumentaria y el acceso y uso de las instalaciones del centro educativo conforme a su identidad de género.
- En las prácticas, eventos y competiciones deportivos las personas trans participarán según su sexo registral y no se podrán realizar pruebas de verificación de sexo, "sin perjuicio del oportuno cumplimiento de las normas que rijan las competiciones internacionales".
- En el ámbito laboral se establecen incentivos para la contratación de personas trans desempleadas, con especiales dificultades para incorporarse al mercado laboral.
- Las personas trans presas también tendrán derecho a que se les trate según su sexo registral, aunque podrán pedir ser separadas de ese grupo si temen que se pongan en riesgo su seguridad o intimidad.