La entidad Facua-Consumidores en Acción ha lanzado un comunicado este martes donde advierte de que "los usuarios tienen derecho al reembolso proporcional de los abonos de temporada de los equipos de fútbol si los pudieron comprar sin tener como requisito ser socios del club, dado que por las medidas adoptadas por el coronavirus no han podido acudir a gran parte de los encuentros para los que adquirieron dichos bonos".
El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, ha anunciado este sábado en rueda de prensa que la temporada de Liga de fútbol -suspendida desde la declaración del estado de alarma- tiene "luz verde" por parte del Ejecutivo para reanudarse a partir de la semana del 8 de junio, como parte de la flexibilización de las medidas contra la pandemia. Según ha confirmado posteriormente el presidente de la Liga Nacional de Fútbol Profesional, Javier Tebas, la previsión es que comience el 12 de junio y que los partidos se celebren a puerta cerrada.
"Ante esta situación, en la que los aficionados no podrán acudir a los partidos que restan, FACUA indica a los usuarios que dispongan de un pase de temporada para asistir a los encuentros que disputen sus clubs que tienen derecho al reembolso del precio del abono o, si así lo deciden, a un bono que puedan canjear para asistir a los partidos en las próximas competiciones de la Liga", añade el comunicado.
"Podrán solicitar estas medidas aquellos aficionados que pudieron comprar los abonos de temporada sin ser socios del club en cuestión. En el caso de socios, podrán solicitar el reembolso de los pases a aquellos clubs que los ofrezcan al público en general, sin distinción o bien cuando expresamente sus estatutos o reglamentos de funcionamiento interno lo prevean como un derecho del asociado, al ser discutible en estos casos que exista una relación de consumo entre el usuario y el club de futbol que emitió el abono de temporada", asegura el documento de Facua.
La entidad, además, solicita a los clubs que actúen de forma responsable y faciliten la devolución de los abonos a todos los usuarios que lo soliciten sin la imposición de ninguna traba ante la imposibilidad de que disfruten de los encuentros, y advierte de que negarse al reembolso podría suponer una clara infracción de la normativa.
El Getafe CF informó el pasado viernes 8 de mayo que para compensar los daños y perjuicios ocasionados por la crisis sanitaria, los abonados podrán entrar gratis a los partidos de Liga la próxima campaña. Sin embargo, para acceder a los próximos partidos de Copa del Rey o competiciones europeas, los aficionados deberán pasar por taquilla.
El RCD Espanyol también anuncia medidas similares. Los 27.883 socios del club recibirán gratuitamente el carnet de socio para la temporada 20/21. Los abonados también tendrán una compensación del 20% en el abono del presente curso con varias opciones a escoger. Las personas en situación de desempleo podrán recibir el importe del 20% del abono en metálico si así lo solicitan. Además, según el club, la campaña de abonos del próximo curso no empezará hasta el próximo septiembre.
El último club en pronunciarse en este ámbito ha sido el CD Leganés. El club madrileño renovará automáticamente todos los abonos de forma gratuita. Los 'pepineros' han compartido un emotivo vídeo en sus redes sociales con motivo de la noticia.
El artículo 36 del Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo aclara en su primer apartado que si como consecuencia de las medidas adoptadas durante la vigencia del estado de alarma los contratos suscritos por los consumidores y usuarios, ya sean de compraventa de bienes o de prestación de servicios, resultasen de imposible cumplimiento, el consumidor y usuario "tendrá derecho a resolver el contrato durante un plazo de 14 días desde la imposible ejecución del mismo".
Según indica el citado artículo, dicha resolución solo podrá ser estimada cuando no quepa obtener de la propuesta o propuestas de revisión ofrecidas por cada una de las partes, sobre la base de la buena fe, "una solución que restaure la reciprocidad de intereses del contrato". Las propuestas de revisión podrán abarcar, entre otras, el ofrecimiento de bonos o vales sustitutorios al reembolso. A estos efectos, se entenderá que no cabe obtener propuesta de revisión que restaure la reciprocidad de intereses del contrato -como dichos bonos o vales- cuando "haya transcurrido un periodo de 60 días desde la solicitud de resolución contractual por parte del consumidor o usuario sin que haya acuerdo entre las partes sobre la propuesta de revisión".
Asimismo, el Real Decreto-ley plantea la posibilidad de que en la devolución del importe abonado se deduzcan "gastos incurridos debidamente desglosados y facilitados al consumidor". Esta devolución tendrá que llevarse a cabo “en la misma forma en que se realizó el pago en un plazo máximo de 14 días”. FACUA recomienda a los consumidores que si se encuentran con que el reembolso es una cantidad inferior a la que pagó, exija la acreditación de los supuestos gastos cuya deducción se pretende. Y si no son gastos que puedan considerarse reales y justificados, que solicite la devolución de la totalidad del importe que abonaron en su momento.