La Audiencia Provincial de Murcia ha rebajado de dos años de cárcel a dieciocho meses la pena que deberá cumplir el quiromasajista de un equipo de fútbol de la Región por abusar de una clienta al declarar que se le debe aplicar la atenuante de dilaciones indebidas.
Por lo demás, la Sala mantiene el resto de la condena que le impuso el juzgado de lo Penal de Murcia que dictó la sentencia recurrida, que incluyó tres años de libertad vigilada, el alejamiento de 300 metros de la perjudicada y la prohibición de practicar la profesión de masajista con la misma duración.
El juzgado lo condenó así mismo a seguir un curso formativo de educación sexual y no le impuso el pago de indemnización alguna para la víctima, que sufre estrés postraumático, al haber renunciado esta a ello.
El relato de hechos probados señala que los mismos se produjeron en abril de 2019, después de que ella hubiera contactado con el acusado a través de su esposo, que lo conocía por ser el masajista del equipo de fútbol de la localidad donde reside.
Y añade que la primera sesión, que duró media, se realizó en el domicilio de ella y transcurrió con normalidad, pero para la segunda la citó en otra casa que dijo era el lugar de su consulta.
Esta se prolongó por espacio de más de dos horas, tiempo durante el cual, además de piropearla y darle consejos sobre el vello púbico, le hizo tocamientos en los pechos y genitales.
La perjudicada aseguró que debido a la situación de shock que padeció por un comportamiento que no esperaba, no pudo reaccionar contra esa conducta del acusado
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