A partir del 1 de julio entra en vigor la nueva normativa de ‘Instrucción Técnica Complementaria ITC AEM 1’ conocida como la ‘ley de ascensores’ que tiene como objetivo mejorar la seguridad de los ascensores, muchos de ellos desactualizados desde hace años en gran parte del territorio español.
Los administradores han explicado que solo los propietarios que vivan en bloques de nueva obra podrían estar exentos de estos cambios, ya que estos pisos tienen actualizada la normativa de 2017 y todos los ascensores que se colocaron cumplen las exigencias establecidas.
Esta nueva norma entra en vigor el lunes, pero los cambios no deberán aplicarse hasta la propia inspección técnica que se realizará cuatro años después, plazo que tendrán los propietarios para hacer las modificaciones que sean necesarias ya que dependerá mucho de la actuación que se lleva a cabo.
Una de esas actuaciones será mejorar la precisión de la parada para evitar tropiezos al salir del ascensor, sustituir las guías por su desgaste, cuyos plazos varían según la fecha de instalación del ascensor, desde tres años hasta 10 años tras una inspección periódica. Las otras condiciones para mejorar tienen que ver con el cierre de puertas, la comunicación bidireccional de la cabina o temas relacionadas con el contrapeso.
Estas medidas tienen que estar listas para el plazo establecido porque puede acarrear una multa muy gorda al tratarse de un tema que puede comprometer la integridad de los vecinos por si ocurre algún accidente. Así la ley establece que las infracciones irán de los 60.000 euros hasta los 6.000.000 y las graves hasta los 100.000.000 euros.
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