La idea de poner un coche a nombre de dos personas es una pregunta que podemos plantearnos en varias situaciones, especialmente cuando se adquiere un vehículo en conjunto, ya sea con un familiar, junto con nuestra pareja o un amigo. Sin embargo, la normativa vigente en España presenta restricciones específicas en cuanto a la titularidad legal de los vehículos. Te contamos si es posible que un coche esté a nombre de dos personas y las alternativas disponibles para compartir la propiedad de un vehículo.
Según el artículo 59.3 de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, las autorizaciones administrativas de circulación solo pueden tener un titular, ya sea una persona física o una persona jurídica. Esto significa que, a efectos legales y administrativos, un coche no puede estar a nombre de dos personas en el permiso de circulación emitido por la Dirección General de Tráfico.
Aunque la ley no permite de facto que un vehículo tenga dos titulares legales, existen maneras de compartir la propiedad y el uso de un coche mediante acuerdos privados, ya que según el Código Civil el contrato puede realizarse según la ley personal de los otorgantes, sin necesidad de formalidades solemnes, ni notarios.
Dicho acuerdo es un contrato privado de copropiedad, y en el deben especificarse todos los detalles relevantes de ella. De esta forma el contrato debe incluir los nombres completos, números de identificación y domicilios de ambos propietarios. También debe quedar reflejado el precio del coche y las contribuciones financieras de cada parte, así como las condiciones de uso y disfrute del vehículo, junto a la asignación de días y horas de uso, periodos vacacionales, etc. Otro aspecto a tener en cuenta es como se realizará la distribución de gastos relacionados, como combustible, mantenimiento, seguros, y otros costes operativos y como se procederá en caso de conflictos, herencias o en la venta del vehículo.
Aunque solo una persona puede ser el titular legal del coche, el seguro del vehículo puede incluir a ambos propietarios como conductores. Las compañías de seguros permiten especificar diferentes tipos de conductores:
Hay que tener en cuenta que solo el titular que aparece en el permiso de circulación puede realizar trámites administrativos relacionados con el coche, como transferencias de propiedad, renovación del permiso de circulación, y cualquier gestión ante la DGT. Esto implica que la persona designada como titular en los registros oficiales será la responsable legal del vehículo.
A pesar de estas limitaciones, el contrato privado de copropiedad es fundamental para aclarar las responsabilidades y derechos de cada propietario en situaciones de conflictos, herencias, o decisiones de venta. Este contrato, aunque no tiene efectos ante la DGT, sirve como prueba de la copropiedad y puede ser útil en disputas legales.