Carpetazo de la Justicia al caso Oikos, de supuestos amaños en partidos del fútbol profesional español con el fin de obtener beneficios ilícitos mediante apuestas. La titular del Juzgado de Instrucción nº 5 de Huesca ha decidido el archivo, después de casi seis años de investigaciones y de decenas de imputados, entre jugadores, directivos y empresarios.
La magistrada argumenta que no ha quedado acreditada ninguna conducta sancionable penalmente contra los acusados respecto a los delitos de corrupción deportiva, blanqueo de capitales, fraude a casas de apuestas y organización criminal, según consta en el auto, al que ha tenido acceso EFE.
Las investigaciones policiales situaron en la punta de la trama a los exjugadores Carlos Aranda y Raúl Bravo, que supuestamente se servirían de jugadores en activo como Íñigo López, Samu Saiz y Carlos Caballero para intermediar en los presuntos amaños.
Tras casi seis años de investigaciones policiales en torno a los partidos Sariñena-Cariñena (abril 2017), Huesca-Nástic de Tarragona (mayo 2018), Valladolid-Valencia (mayo 2019), Reus-Valladolid (junio 2017) y Getafe-Villarreal (mayo 2019), tanto la instructora como la fiscalía concluyen que no existen indicios suficientes de criminalidad en la conducta de los investigados.
Una falta de indicios que, tras la cascada de sobreseimientos acordados meses atrás respecto a una gran parte de los investigados, concluye con la exoneración de Bravo y Aranda, de Íñigo López así como del expresidente del Huesca Agustín Lasaosa y del gerente de la empresa Pryobras, investigado este último por la presunta falsificación de facturas a fin de obtener capital para las supuestas apuestas fraudulentas.
La jueza analiza en su escrito cada uno de los cinco partidos puestos bajo sospecha, disputados entre abril de 2017 y mayo de 2019, y concluye que no existen indicios, ni por las conversaciones ni mensajes intervenidos a los investigados ni por las investigación de las cuentas de algunos jugadores, de que realmente se hicieran maniobras para perpetrar fraudes.
Se ampara, además, en una reciente sentencia del Tribunal Supremo de enero de 2023 que no aprecia delito en el pago de primas por ganar partidos, sino las destinadas a jugadores para perder intencionadamente los encuentros, una cuestión sobre la que la instructora no atisba la existencia de indicios en el caso Oikos.
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