El plantón en el altar del torero José Ortega a su novia Carmen Otte está acaparando las portadas de prensa rosa del país. El torero decidió no casarse a solo media hora de confirmarse el enlace matrimonial con su novia y así se lo comunicó a su prometida.
Tras este plantón, algunos se preguntan si se debe indemnizar la promesa de matrimonio que se incumple. La abogada Verónica Guerrero responde a esta duda en el medio Confilegal.
La abogada define la promesa de matrimonio como "un acuerdo entre dos personas de quedar unidos por un vínculo matrimonial", en un futuro más o menos próximo.
El Código Civil es claro respecto a si se debe indemnizar cuando se incumple una promesa de matrimonio: "La promesa de matrimonio no produce obligación de contraerlo ni de cumplir lo que se hubiere estipulado para el supuesto de su no celebración. No se admitirá a trámite la demanda en que se pretenda su cumplimiento”, señala.
Por tanto, "no se puede exigir el cumplimiento forzoso de éste en ningún caso", zanja la abogada, que destaca que en el Código Civil queda claro este aspecto: “No hay matrimonio sin consentimiento matrimonial. La condición, término o modo del consentimiento se tendrá por no puesta”.
El torero Juan Ortega decidió no casarse. A solo media hora de confirmarse el enlace matrimonial con su novia Carmen Otte, le comunicó a su prometida que no se casaba.
Según han informado varios medios como ABC Sevilla o Vanitatis, al diestro le habrían entrado "dudas" antes de la ceremonia. Por lo que cogió el teléfono, llamó a Otte y le dijo que se suspendía la cita. "No lo tenía claro", manifestó el entorno del sevillano.