¿Cuál es la multa de la DGT por circular en el carril central de la carretera?

Algo muy habitual cuando circulamos por autovía y autopistas con varios carriles es obviar el carril derecho y circular por los carriles más a la izquierda de forma automática, sin preocuparnos de que haya tráfico rápido o lento cerca de nuestro vehículo. De hecho, se trata de una situación que choca mucho a los conductores nóveles, que salen de las autoescuelas ‘tatuados’ con la necesidad de circular siempre por el carril más a la derecha disponible. También está el caso del conductor que se mantiene en el carril izquierdo, independientemente del tráfico y los vehículos que le sigan. Ambas situaciones dan la razón al nóvel, y es que son prácticas que no están permitidas por el código de circulación.

La norma a seguir

El artículo 31 del Reglamento General de la Circulación especifica claramente cómo deben usarse los carriles izquierdos: “Fuera de poblado, en las calzadas con más de un carril reservado para su marcha, se circulará normalmente por el carril situado más a la derecha, si bien podrá utilizar el resto de carriles cuando las circunstancias del tráfico o de la vía lo aconsejen, sin que entorpezca la marcha del vehículo que nos siga”. Esto deja meridianamente claro que el carril derecho debe ser el que usemos por defecto, aprovechando los siguientes para adelantar y maniobrar. La excepción sería cuando el estado del tráfico, o de la calzada no sean propicios, o tengamos que tomar una salida solo accesible por unos carriles determinados de la vía

Otro aspecto a tener en cuenta es que la velocidad máxima permitida es la misma en todos los carriles, y además también conviene recordar que el adelantamiento por la derecha también es susceptible de ser sancionado, con lo que los conductores con prisa y poco respetuosos deberían andarse con pies de plomo cuando incurran en ciertos comportamientos al volante. 

Multas por circular por el carril que no toca

Además de la misma forma se estipulan sanciones para todos aquellos que no cumplan con esta norma. En concreto, circular por el carril central nos puede reportar una multa cuyo montante ascendería a los 200€, sin perjuicio para los puntos de nuestro carnet. De la misma manera, adelantar por la derecha también podría suponer una sanción con una multa de 200€. Estas multas no restan puntos del permiso de conducir, salvo en un par de casos, que podría suponer la pérdida de 4 puntos de nuestro carnet.

Estos son los casos en que adelantar conllevaría pérdida de puntos, además de multa económica:

  • Adelantar poniendo en peligro o entorpeciendo a los vehículos que circulen en sentido contrario. Es decir, normalmente en carreteras convencionales.
  • Adelantar en puntos de visibilidad reducida invadiendo el sentido contrario: cambios de rasante, curvas etc.
  • Adelantar poniendo en peligro a ciclistas: no manteniendo un margen lateral de, al menos, 1,5 m (o cambiando de carril si procede) o bien acosando al ciclista (no dejando suficiente espacio cuando nos precede, siendo el mínimo igualmente de 1,5 m).
  • Adelantar en túneles, siempre y cuando tengan un sólo carril para cada sentido.

De esta forma el comportamiento que deberíamos seguir cuando conducimos es ir siempre por el carril derecho, solo entrando en el resto de carriles cuando queramos adelantar a los vehículos que nos preceden, siempre respetando los límites de velocidad. Sobre el papel parece simple de comprender y realizar, pero en la práctica todos sabemos que muchos conductores no son capaces de seguir estas simples directrices.