¿Te pueden prohibir la reserva de una mesa para sólo una persona en un restaurante?
Muchos restaurantes y bares prohíben las reservas para sólo una persona
"Limitar el derecho de acceso a un consumidor por el simple hecho de ir a comer sin acompañante es discriminatorio", condenan desde FACUA
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Comer solo en los restaurantes es una práctica que, en los últimos años, ha ido aumentando. El trabajo, la distancia para llegar hasta nuestra casa y los complicados horarios han provocado que, en muchas ocasiones, los ciudadanos tengan que convertir en un hábito el hecho de comer solos en restaurantes o bares.
Esta práctica no siempre se convierte en un hecho provocado por el ajetreo del día a día. A veces, también salimos a comer o a cenar solos para hacer planes con nosotros mismos y disfrutar de la soledad y del ocio en solitario. Sin embargo, hay veces que los bares y restaurantes suelen poner pegas a la hora de atender o reservar mesa solo para una persona.
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¿Es legal prohibir la reserva de una mesa para una persona en un restaurante?
En un reciente artículo publicado por el periódico 'El País', se ha demostrado que hay locales de hostelería donde rechazan las peticiones de reserva si la persona no va acompañada, lo que ha provocado numerosas consultas de consumidores a FACUA preguntando por este asunto.
Por eso, desde la Federación de Asociaciones de Consumidores y Usuarios de Andalucía se ha detallado que no siempre es legal prohibir la reserva de una mesa para solo un cliente.
"Limitar el derecho de acceso a un consumidor por el simple hecho de ir a comer sin acompañante y que esto pueda suponer menores ingresos al establecimiento es discriminatorio", condenan desde FACUA.
La asociación explica que se trata de un posible comportamiento abusivo, ya que el empresario genera un obstáculo desproporcionado para el disfrute por el consumidor del servicio ofertado.
"Esta prohibición de ocupar una mesa sólo sería válida si la normativa autonómica o municipal sobre hostelería permitiese expresamente esta conducta empresarial. Parte de las normas autonómicas de consumo recogen como infracción aquellas conductas empresariales por las que el empresario se niega injustificadamente a satisfacer las demandas de los consumidores".
Por último, FACUA anima a cualquier persona que sufra esta práctica discriminatoria a que denuncie los hechos ante las autoridades de consumo de su comunidad autónoma.
¿Qué opina la OCU?
Por su parte, la Organización de Consumidores y Usuarios también ha dado su versión sobre esta práctica que llevan a cabo muchos restaurantes.
"En algunos restaurantes no es posible reservar para una sola persona en su página web. El menú desplegable para indicar el número de comensales empieza en 2 personas. ¿Pueden hacerlo? ¿Es legal? Es cierto que el establecimiento puede establecer las condiciones del servicio que presta... por lo tanto, no sería ilegal, salvo que fuera discriminatorio", recoge la OCU desde el informe publicado en su página web.
Es decir, la Organización de Consumidores y Usuarios apunta que esta práctica se puede considerar como un abuso legal pero "injusta".