Consumo expedienta a varias aerolíneas por no ofrecer u ocultar el teléfono gratuito de atención al cliente
Consumo abre expendiente sancionador a varias compañías aéreas por no disponer u ocultar el teléfono gratuito de atención al cliente
Las empresas de luz, gas, telefonía y demás servicios están obligadas a ofrecer un teléfono gratuito de atención al cliente
Abren expediente sancionador a Ryanair, Vueling, Easyjet y Volotea por cobros abusivos del equipaje de mano
Primero el Gobierno aprobó la nueva de Ley de Atención al cliente y ahora exige a las empresas su cumplimiento. El Ministerio de Consumo ha incoado los primeros expedientes a varias aerolíneas por no disponer de un teléfono gratuito de atención al cliente o ubicarlo de tal manera que sea difícil el acceso de los usuarios .
La falta de línea de teléfono gratis para que los usuarios puedan ser escuchados supone un incumplimiento de las obligaciones legales de las empresas en materia de servicios de atención al cliente, según señala el Ministerio de Consumo, que esperará a resolver los expedientes sancionadores para dar a conocer el nombre de las aerolíneas que incumplen la normativa.
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Desde Facua han celebrado la apertura de estos expedientes y ha recordado que desde 2021 viene denunciando este incumplimiento por diversas aerolíneas, entre las que cita Blue Air, Binter, Canary Fly, Iberia, Wizzair, Volotea, Air Europa, Condor, Iberojet, Easyjet, Finnair, Iceland Air, SAS, Transavia, Wamos Air y EgyptAir.
En concreto, la normativa indica que este teléfono tiene que ser accesible a todos los consumidores y gratuito, por lo que los números geográficos o de tarificación especial no son válidos.
Los teléfonos gratuitos son aquellos que comienzan por los prefijos 800 o 900, denominados 'servicios de cobro revertido automáticos'.
El transporte aéreo entra dentro de la categoría de servicio básico de interés general, por lo que las empresas de este sector están obligadas a disponer de un teléfono gratuito, según la norma instaurada durante la actual legislatura y recogida en la Ley General de para la Defensa de Consumidores y Usuarios.
Multas de hasta 100.000 euros en infracciones graves en materia de Consumo
Las sanciones previstas para estas infracciones pueden alcanzar entre los 150 y 10.000 euros si son consideradas leves y entre 10.001 y 100.000 si son consideradas graves.
Desde Consumo señalan también que, si el beneficio ilícito obtenido por las prácticas infractoras superara esas cantidades, las sanciones podrían alcanzar entre dos y cuatro veces el beneficio ilícito obtenido para las infracciones leves y entre cuatro y seis veces el beneficio ilícito obtenido para las graves.
El ministerio que dirige, Alberto Garzón también anunció la semana pasada la apertura de expediente varias aerolíneas 'low cost' por el cobro de sobrecostes en el equipaje de mano transportado en cabina, de las cuales, según Facua, cuatro de las compañías son Ryanair, Vueling, Easyjet y Volotea.
Facua impulsa la denuncia contra las compañías aéreas que incumplen la ley de Atención al cliente
Desde Facua lamentan que, "pese a ser la denunciante", el ministerio de Consumo no le ha facilitado información sobre sus actuaciones ante estas prácticas.
De hecho, Facua resalta que esta "falta de transparencia" se extiende a la práctica totalidad de las denuncias presentadas contra más de 300 empresas durante la legislatura por prácticas que vulneran la legislación de defensa de los consumidores.
La ausencia de respuesta, según informan, se ha dado tanto ante las denuncias presentadas antes como después de la entrada en vigor del cambio legal que, desde mayo de 2022, dota al ministerio de potestad sancionadora.