El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 de la localidad malagueña de Vélez-Málaga ha reconocido a una divorciada que sea indemnizada con 204.624,86 euros como compensación por el trabajo en el hogar y el cuidado realizado durante el matrimonio.
En la sentencia se declara el divorcio y una serie de medidas, entre ellas una compensación por el trabajo doméstico de la mujer durante el matrimonio, estando vigente el régimen de separación de bienes, ya que desarrolló todas las tareas del hogar "en exclusiva" y el cuidado de las dos hijas en común.
En la demanda se instaba a reconocer dicha compensación, ya que mientras que la mujer "se veía privada de toda posible trayectoria laboral por esa dedicación exclusiva al hogar y a la familia", el hombre, "a lo largo de los años de matrimonio acumuló e incrementó exponencialmente su patrimonio", sin que ello redundara en un aumento del de ella.
La jueza señala que la pensión compensatoria se refiere a "un derecho personal del cónyuge que a raíz de la separación o divorcio sufre un empeoramiento en su situación económica en comparación con la que disfrutaba durante el matrimonio y en relación a la posición del otro cónyuge".
La pareja contrajo matrimonio el 23 de junio de 1995 y fue en 2020 cuando se produjo la separación.
En la sentencia se señala que la mujer, de 48 años, ha estado dedicada al cuidado del hogar y sus hijas, "con todo lo que ello implica, contribuyendo puntualmente en los negocios familiares" donde en ocasiones realizaba trabajos de limpieza.
La jueza explica que aunque la representación del marido diga que se le compensó con el traspaso de parte de las participaciones de una empresa, "no consta en modo alguno que dicha cesión se hiciera para compensarla en caso de la ruptura de los cónyuges".
En la sentencia se establece además de la compensación, una pensión alimenticia y que cada cónyuge se haga cargo de determinados gastos de la vivienda y de la mitad de los que se generen de forma extraordinaria.
También se fija una pensión compensatoria durante dos años, tiempo que se estima "adecuado" para que ella pueda incorporarse al mercado laboral.
La letrada que representa a la mujer, Marta Fuentes, del despacho Gentius Abogados de Torre del Mar, en Vélez-Málaga, se ha mostrado satisfecha con la resolución porque "supone un reconocimiento a la labor de todas las mujeres que están en la sombra pese a que son un apoyo fundamental en la pareja".
Ha lamentado que muchas de estas mujeres quedan "en situaciones precarias y con escasas posibilidades de acceder al mercado laboral dada su exclusiva dedicación a la familia y en su mayor parte a los negocios de sus maridos".
"Sin duda se merecen no sólo el reconocimiento, sino la cuantificación de ese trabajo sin el cual no existiría ese patrimonio", ha señalado la letrada, que ha destacado que la mujer desde que se ha separado ha terminado la ESO para mayores de 18 años y ha iniciado varios cursos de formación.
La sentencia no es firme pero desde Gentius Abogados esperan "que si esta sentencia es recurrida sea ratificada íntegramente por la Audiencia Provincial de Málaga a fin de que abunde en la jurisprudencia ya existente al respecto hasta su total consolidación y normalización".