Anulan la sentencia del acosador de Paula Bonet tras recurrir la Fiscalía contra el eximente por “eroticomaniaco”

La Audiencia de Barcelona estima el último recurso de la Fiscalía y anula la sentencia de tres años y tres meses de internamiento psiquiátrico para el acosador de Paula Bonet, a la que asedió durante tres años.

Además de un delito de acoso, fue condenado por amenazas de violación, descuartizamiento y de muerte, además de por vulnerar una y otra vez las medidas cautelares que se le habían interpuesto después de que la artista y escritora denunciase los hechos.

En aquel momento, la resolución adoptada un eximente por un trastorno eroticomaniaco”, por el cual el acosador fue internado en un centro de salud mental.

Contra ello se imponía la Fiscalía, que recurrió la sentencia descartando que se le pudiese aplicar tal eximente por tener un trastorno mental, tal como su defensa alegó en el juicio.

Fue en julio de 2020 cuando el Juzgado Penal 10 de Barcelona condenó a V.G. a internamiento psiquiátrico por acoso y amenazas y le prohibió acercarse a Bonet durante 10 años. En el juicio, éste declaro que sufre un trastorno erotomaníaco que le hacía creer que Bonet estaba enamorada de él, pero el fiscal insistió en la consideración de que había habido un "error en la valoración de la prueba, quebranto de las normas y garantías procesales y quebranto del ordenamiento jurídico" al aplicar el eximente, que a su parecer no está bastante justificado en la sentencia.

La Audiencia Nacional estima el recurso de la Fiscalía, que espera que el acosador no tenga eximente

Ahora, la Audiencia de Barcelona, aceptando ese recurso de la Fiscalía impugnando la sentencia, insta a la jueza a dictar una nueva resolución razonando sobre esos atenuantes que se aplicaron.

En este sentido, la Fiscalía espera que la nueva resolución no aplique ninguna circunstancia eximente.

En la pasada sentencia, la magistrada consideró que el acosador sufría un trastorno “patológico” que "condicionaba completamente su voluntad" y que, aunque no tenía “cura”, podía controlarse “con tratamiento y medicación”.

A este respecto, la resolución apuntaba que éste “vivía una realidad paralela que invadía su pensamiento y su comportamiento, hasta límites irracionales, imposibilitándolo para actuar de acuerdo con una comprensión normal".

Ahora, la Audiencia de Barcelona ve un “déficit insubsanable” a causa de "la ausencia" o "insuficiencia" de la prueba en que se basa la decisión de la jueza para aplicar el eximente, por lo que pide una nueva resolución con una mayor argumentación que "haga entender qué tipo de patología es el trastorno eroticomaníaco desde una perspectiva cientificopsiquiátrica".

De este modo, se espera que el acosador de Paula Bonet vuelva a ser condenado.