Hasta esta semana no había llegado la versión más cruda del invierno a España. Sin embargo, varias provincias se encuentran en estos momentos en alerta por nieve, lluvia y rachas fuertes de viento. Es la denominada borrasca Fien, que afecta a todo el país exceptuando al archipiélago canario. Unas bajísimas temperaturas que también, por supuesto, afectan a nuestro cuerpo.
Según ha adelantado la Agencia Estatal de Meteorología (Aemet), este viernes, 20 de enero, las nevadas remitirán y darán paso a una masa de aire más templada que provocará lluvias y traerá consigo el temido deshielo. Dichas condiciones pueden provocar, al igual que en días pasados, numerosos daños materiales para los habitantes en sus o vehículos.
Desde Legálitas han analizado quién se hace cargo de los perjuicios ocasionados por un fenómeno meteorológico y qué implica que se declare una zona como catastrófica.
En el momento en el que se produce un temporal, nevada o fenómeno meteorológico que causa daños, el ciudadano todavía no sabe si se va a declarar zona catastrófica o no y qué daños va a abarcar. En este sentido, señalan que lo importante es tener claro que no hay que esperar a que se declare zona catastrófica para comenzar las gestiones.
Por lo tanto, si una persona se ha visto afectada, estos son los pasos a seguir:
• Dar parte a su seguro de hogar, de automóvil o el que proceda según donde se produzcan los daños a la mayor brevedad posible. Las aseguradoras solo cubrirán aquellos desperfectos y daños causados que estén dentro de la cobertura contratada.
• Contactar lo antes posible con el Consorcio de Compensación de Seguros que da cobertura a aquellos riesgos extraordinarios, no cubiertos por la póliza, y que estén recogidos en su normativa de aplicación, por ejemplo, los siguientes fenómenos de la naturaleza: los terremotos y maremotos, las inundaciones extraordinarias, las erupciones volcánicas, la tempestad ciclónica atípica y las caídas de cuerpos siderales y aerolitos.
• Estar atento por si se produce la declaración de zona catastrófica. De ser el caso, también podrá reclamar, en base a lo que dispone el artículo 21.2 de la Ley 17/2015, de 9 de julio, del Sistema Nacional de Protección Civil, "las ayudas por daños materiales serán compatibles con las que pudieran concederse por otras Administraciones Públicas, o con las indemnizaciones que correspondieran en virtud de pólizas de seguro, sin que en ningún caso el importe global de todas ellas pueda superar el valor del daño producido".
En un accidente motivado por una nevada, solo si la póliza es a todo riesgo tendremos cubiertos los daños sufridos. Es decir, que el seguro responde de la misma manera que de no existir tal nevada.
Por lo tanto, repararán los daños personales y del coche hasta los límites establecidos en la cobertura de daños propios. Y, a través de la cobertura de responsabilidad civil, pagará a los terceros perjudicados en los siniestros en los que seamos responsables.
Para estos casos es conveniente tener una póliza de asistencia en viaje, ya que si nos quedamos inmovilizados o encallados, nos ayudarán con el envío de una grúa y cubrirán los daños a personas, al vehículo y a los objetos contenidos en él en los primeros instantes del siniestro, con independencia de si lo que ha ocurrido es una avería o un accidente.