¿Me pueden obligar a trabajar un festivo como Navidad o Año Nuevo? Es la pregunta que se están haciendo estos días muchos ciudadanos con la llegada del invierno y de las celebraciones con amigos, compañeros o familiares. A finales de diciembre y principios de enero se acumulan varios días festivos que, por norma general, se consideran jornadas no laborales.
Sin embargo, hay sectores en los que los empleados tienen que acudir a su puesto como un día normal. La población, ante la posibilidad de que les toque, plantea dudas respecto a si es legal obligar a trabajar en jornadas festivas, cómo se debe compensar o qué consecuencias hay si uno se niega a presentarse.
Las empresas sí pueden obligar a trabajar un festivo como Navidad o Año Nuevo. El Estatuto de los Trabajadores (en el artículo 37.2) indica que todos los empleados tienen derecho a 14 festivos al año, independientemente de su sector, que tendrán carácter retribuible y no serán recuperables, pero en varios sectores se trabaja como un día normal por el incremento de la actividad de estas fechas, es decir, por una causa de fuerza mayor y justificada.
No obstante, de tener que trabajar un festivo, las compañías deben compensar estos días mediante otra jornada equiparable de descanso o con una compensación económica. La empresa y el empleado pueden decidir de mutuo acuerdo. La forma de proceder se basa en el convenio colectivo aplicable al caso, para ver a qué precio se abona la jornada o si debe compensarse con el descanso equivalente --agregándose al descanso de la semana, de vacaciones o de otro momento-. Por otro lado, hay trabajadores contratados específicamente para fines de semana y festivos, por lo que es obvio que estos tendrán que acudir estas fechas.
Los trabajadores no pueden negarse a acudir a su puesto de trabajo un día festivo, ya sea Año Nuevo o Reyes. De lo contrario, pueden ser sancionados por no cumplir con sus obligaciones, especialmente si deben ir por una causa de fuerza mayor y lo justifique la compañía.
Si se comete una ausencia injustificada, la sanción se establece en base al procedimiento del convenio colectivo aplicable. El trabajador puede presentar una reclamación, pero deberá justificar por qué faltó. El plazo para presentar la reclamación es de 20 días hábiles desde que se notifica la sanción.
El sueldo de un día festivo es superior al de un día ordinario. Las horas trabajadas en jornadas festivas deben incrementarse, por norma general, en un 75% respecto el salario diario -siendo de carácter extraordinario, pero la jornada también se puede compensar con días de descanso. Lo que está claro es que si se trabaja un festivo tiene que haber una compensación, ya sea económica o con el descanso equivalente, aunque hablemos de servicios disponibles estas jornadas, como puede ser la hostelería.
Las decisiones sobre los días festivos, respecto a si se percibe una compensación salarial o se opta por días de descanso, depende de cada convenio colectivo y su regulación. En cuanto a los días festivos que coincidan con los días de descanso, no tienen por qué cambiarse de fecha, pero esto no puede ser una práctica habitual, el hecho de que coincidan siempre esos días festivos con el descanso semanal. Los días de descanso han de preverse en base al convenio colectivo aplicable.