El pasado mes de agosto, el Consejo de Ministros aprobó el proyecto de la Ley de Bienestar Animal, una norma que implica una serie de cambios ligados a las mascotas. En ella se detalla qué animales se pueden tener en casa y cuáles estarán prohibidos. Teniendo en cuenta que hay peleas de custodia por las mascotas el asunto no es menor.
En España, las mascotas más comunes son los perros, los gatos y las aves, pero hay personas que prefieren tener animales de compañía mucho más exóticos. La nueva ley persigue preservar el equilibrio del medio ambiente, ya que, de lo contrario, podría afectar a las especies autóctonas.
Para que el animal en sí quede incluido en el listado de animales permitidos, este tiene que pertenecer a una especie que sea fácil de atender en sus necesidades ecológicas, etológicas y fisiológicas; que haya datos científicos sobre el manejo de la especie en cautividad; que no supongan un riesgo para las personas por su agresividad, ya sea por su conducta, veneno o tamaño; y que no exista ningún indicio de que el animal se escapa pueda colonizar hábitats y causar daños.
La norma también señala que todo animal que quede incluido en la lista de permitidos, debe pertenecer a una especie que sea fácil de atender en cuanto a su ambiente, su comportamiento y sus necesidades fisiológicas. Será también necesario que haya datos científicos sobre el manejo de la especie en cautividad; que esta no suponga un riesgo para las personas por su agresividad - ya sea por conducta, veneno o tamaño - ; y que no exista ningún indicio de que si el animal se escapa, o se abandona, pueda colonizar hábitats y causar daños.
Quedan excluidos del listado de animales que pueden ser mascotas
La nueva ley viene acompañada de una reforma del Código Penal para endurecer las sanciones por maltrato animal. La norma incluirá:
Así, se establece que las infracciones leves tendrán una sanción de entre 500 y 10.000 euros; las graves de 10.001 a 50.000 euros y las muy graves partirán de 50.001 hasta 200.000 euros.
Hay más normas que deben tenerse en cuenta a partir de ahora.
No se podrá dejar solos a nuestros perros más de 24 horas. Esta ley prohíbe dejar a los animales de forma permanente en terrazas, trasteros, sótanos o vehículos. De igual forma, tampoco podremos dejar a los animales sin supervisión más de 3 días seguidos.
Sin embargo, en el caso de que perdamos a nuestra mascota, tendremos que comunicarlo en un plazo máximo de 48 horas para que no sea considerado un caso de abandono, dado que dicho acto equivale a una multa de 50.000 euros.
El sacrificio de animales de compañía estará prohibido si no existe una causa debidamente justificada. Lo que significa que no se podrán sacrificar animales sanos y que la eutanasia quedará limitada exclusivamente a motivos sanitarios y bajo control veterinario. Además, esta solo podrá llevarse a cabo por veterinarios colegiados con métodos que garanticen la "condición humanitaria". Además, el sacrificio de animales quedará vetado en centros de protección animal, clínicas veterinarias y zoológicos por cuestiones económicas, falta de plazas, abandono del dueño o en caso de enfermedad o lesión con posibilidad de tratamiento.
Por otro lado, con el fin de evitar la cría descontrolada, será obligatorio esterilizar a todas las mascotas que vivan fuera del interior de las viviendas de sus dueños.
Todas las personas que tengan o sean responsables de un perro tendrán que contratar un seguro de responsabilidad civil por daños a terceros. Esto incluye también a los perros que no son potencialmente peligrosos.
La norma prohíbe comercializar con perros, gatos y hurones en las tiendas de animales, tampoco se permite su exhibición y exposición al público con estos fines. De manera que solo podrá ser posible adquirir estos animales en criaderos oficiales, mientras que en las tiendas solo se podrán distribuir "animales criados en cautividad por criadores registrados".
En cuando a la cría y distribución de animales, esta solo podrá ser efectuada por criadores autorizados. Y, en el caso de cesión de animales entre particulares, esta deberá ser "gratuita" y tendrá que quedar reflejada por contrato.
Según el artículo 30 de esta ley: "Las personas que opten a ser titulares de perros deberán acreditar la realización de un curso de formación para la tenencia de perros con una validez indefinida”. Esto implica que todas las personas que quieran comprar o adoptar un perro tendrán que llevar a cabo un curso de formación gratuita y con validez indefinida antes de adquirirlo.
Además, las personas que ya tengan perro deberán también realizar, junto a sus mascotas, un test para "valorar su aptitud para desenvolverse en el ámbito social".
Los animales desaparecerán de las atracciones de ferias y espectáculos que les causen "angustia, dolor o sufrimiento". Al mismo tiempo, la fauna silvestre no podrá estar presente en los espectáculos de circo.