La defensa de Javier García Marín, el Cuco, ya ha presentado el recurso de apelación ante la Audiencia de Sevilla contra la sentencia del juzgado de lo Penal número 7 que lo condenó a él y a su madre a dos años de cárcel por un delito de falso testimonio cuando prestaron declaración en el juicio por el asesinato de Marta celebrado en el año 2011, según ha adelantado El Diario de Sevilla. Después de que en la primera sesión del juicio celebrado en su contra los pasados días 26 y 27 de mayo, ambos reconociesen los hechos contenidos en el escrito de acusación de la Fiscalía pero optasen por no contestar preguntas, la sentencia les condena a dos años de cárcel por falso testimonio, así como a una multa de seis meses, con una cuota diaria de ocho euros.
Ahora en este recurso, el abogado del Cuco, Agustín Martínez Becerra, solicita la repetición del juicio al cuestionar la "imparcialidad e independencia" de la juez que celebró el juicio, en relación con las manifestaciones que la magistrada Olga Cecilia Simón realizó durante la vista oral, si bien de manera subsidiaria plantea a la Audiencia de Sevilla que en caso de no anular la sentencia, absuelva al Cuco del delito de falso testimonio o en su caso se dicte una sentencia en la que se aprecie la circunstancia atenuante de "dilaciones indebidas" y se justifique en la que se pondere la pena impuesta por la juez, que los castigó con "la máxima pena" y les impuso además el pago de una indemnización de 30.000 euros por los daños morales ante el "dolor innegable y manifiesto" causado por ese falso testimonio.
Para solicitar la repetición del juicio, el letrado de la defensa cuestiona en primer lugar "la pérdida de neutralidad del titular del Juzgado a quo y su consecuente traslación en el dictado de una sentencia manifiestamente injusta".
En un recurso de 50 folios, el letrado Agustín Martínez, señala que la "parcialidad" de la juez se pone de relieve desde una doble óptica. Por ello, "dejó entrever conexiones o interrelaciones con un crimen ya juzgado, con sentencia firme y con imposibilidad de que pudiera ser juzgado de nuevo".
Además, "sorprendentemente y tras el reconocimiento expreso de los hechos y afirmar que no iba a responder a ninguna pregunta, la Juzgadora permitió efectuar preguntas a la Fiscalía y al resto de las acusaciones, sin ni tan siquiera que fuera solicitado por las partes", contestando a su queja: "Me da igual porque las preguntas pueden constar de todas las acusaciones".
En el recurso que ha presentado la defensa de Javier García Marín, el Cuco, también se impugna el pago de la indemnización de 30.000 euros que acordó la juez en favor de los padres de Marta del Castillo, por el daño moral causado por las mentiras que dijo en el juicio de Miguel Carcaño.
En cuanto a la indemnización fijada a favor de los padres, la magistrada afirmaba en la sentencia que su cuantificación “responde a criterios discrecionales del juzgador”, indicando que, en este caso, “es indudable el daño que se vuelve a hacer a los padres de la desgraciadamente fallecida Marta D.C. teniendo en cuenta la naturaleza de los hechos sobre los que se ha faltado a la verdad y el dolor innegable y manifiesto de los padres”.
El abogado Agustín Martínez, que defiende al Cuco, considera que la sentencia dictada por el juzgado de lo Penal 7 de Sevilla "mantiene conclusiones impropias e injustificadas en relación al daño moral, tanto en su existencia como en su valoración. "Nada se argumenta más allá de una serie de lugares comunes, o conceptos indeterminados que en realidad son más valoraciones apriorísticas sin ningún contenido real y sobre todo justificado".
La defensa recuerda que la Fiscalía no pedía ninguna indemnización, por lo que coincide "con el Ministerio Fiscal en la inexistencia de que la posible comisión del hecho delictivo de la falsedad documental genere daño moral alguno a tercero ya que el bien jurídico protegido en este delito es la administración de justicia y no un particular".
Así, prosigue diciendo que la Sección Séptima de la Audiencia de Sevilla -que condenó a Miguel Carcaño- "no sólo no valoró las falsedades depuestas por el Sr. García, sino que no las tuvo en consideración a la hora del dictado de la sentencia en sus hechos probados. Es decir, ningún perjuicio provocó a nada ni a nadie. Y, por ende, no puede hablarse de daño moral alguno. En nada afectó al contenido de la sentencia, más allá de los deseos de otro tipo de sentencia condenatoria para alguno de los procesados que fueron absueltos".
Siguiendo el "escaso criterio argumental del Juez a quo, de la naturaleza de los hechos, o sea, la falsedad documental, no puede derivarse un daño moral a tercero. ¿O es que cuando su señoría se refiere a la naturaleza de los hechos se refiere al horrendo crimen de Marta del Castillo? Sinceramente, no nos sorprendería poniéndolo en consonancia con las diversas afirmaciones que fueron vertidas a lo largo del procedimiento y a las que hemos hecho referencia para determinar la parcialidad que se desprendían", asevera.
De otro lado, la defensa pide de manera subsidiaria, si no se ordena la repetición del juicio, la aplicación de dilaciones indebidas por cuanto el Cuco declaró en el juicio de Miguel Carcaño el día 25 de octubre de 2.011, día en el cual se pudo producir la presunta comisión del hecho delictivo de falso testimonio, y la sentencia de este caso, en la que se solicitaba la deducción de testimonio por falso testimonio, se dictó el día 13 de enero de 2.012.
Por último, en el recurso también se opone a la aplicación de la máxima pena para el Cuco y su madre, dado que no halla en el acusado "ningún factor que modifique por su mayor culpabilidad el desvalor de la acción que cometieron y justificar de este modo la cantidad de pena".