La nueva medida del ministerio de Sanidad para tomar el control de la pandemia de covid19 en municipios con más de 100 000 habitantes, en los que se registre un alto incremento de casos y fuerte presión asistencial, limita la entrada y salida a las zonas afectadas, salvo para algunos casos, como ir a trabajar, a estudiar o a una urgencia inaplazable y justificada. La Comunidad de Madrid ha presentado el recurso contra las medidas de Sanidad, pero estas entrarán en vigor esta noche.
¿Cómo se justifican estos desplazamientos adecuadamente? Al igual que se hizo durante el confinamiento previo, existen una serie de documentos que podrían ser reclamados por los agentes que vigilan la restricción de movilidad en los municipios perimetrados.
La Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid publicó el mes pasado un certificado que permite al portador justificar la entrada y salida de las zonas donde se decretaron restricciones para frenar la incidencia de covid19. Se trata de un formulario tipo adaptable en el que se constata el domicilio social de la empresa y el ámbito de trabajo del empleado.
No obstante, a pesar de las restricciones en numerosos municipios desde el confinamiento previo de primavera, todavía no existe un documento oficial y único en España que sirva como salvoconducto para motivos laborales, empresariales o profesionales.
Los alumnos que se hayan visto afectados por las restricciones y estudien en un municipio distinto al que residen, deberán solicitar en administración (universidad, del ceip, del ies o de la escuela infantil) un documento que así lo acredite. El carné personal de adscripción a los centros educativos podría servir para justificar el desplazamiento en cuestión -a falta de salvoconducto oficial-.
Los ciudadanos que se hayan visto sorprendidos por las restricciones fuera de su comunidad, siempre podrán regresar a sus domicilios habituales, que son los que figuran en el certificado de empadronamiento o en el Documento Nacional de Identidad, DNI.
Durante el confinamiento previo se permitió también el desplazamiento a otros municipios por motivo de cuidados de personas dependientes. Cualquier documento en el que se indique que un familiar tiene algún grado de dependencia concedida, servirá. Además, los agentes pueden acompañar a los ciudadanos hasta el domicilio del dependiente para comprobar los hechos.
La nueva norma recién aprobada también permite acudir a urgencias de un hospital de un municipio con movilidad restringida. En esta ocasión, no existe un documento reglado, sino el sentido común del agente que efectúe el control de las restricciones en la movilidad.
En cuanto a cita previa en una consulta de especialista u otro recurso sanitario en un municipio restringido, valdrá con mostrar la comunicación -o notificación- del centro médico, tanto si es público como privado. Además, servirá también un certificado de hospitalización de un familiar, en el caso de una visita. Las consultas de carácter privado a fisioterapias, psicólogos o dentistas también pueden emitir un justificante.
Las citas previas con organismos públicos, judiciales o notariales podrán justificarse en teléfonos móviles o de manera impresa ante los agentes.
Los bancos y compañías de seguros pueden emitir justificantes a los clientes que necesitan realizar con urgencia gestiones en municipios afectados por restricciones de movilidad.
En el casode exámenes oficiales, como el de conducir, tanto la academia como la DGT pueden emitir documentos que prueben que en la fecha indicada se requiere presente a la persona que se desplaza.
Las diversas administraciones públicas también pueden emitir justificantes por gestiones inaplazables, así como enviar citas previas para justificar un desplazamiento entre municipios afectados por limitación de movilidad.
La norma de Sanidad, además, trata un último apartado para otros supuestos que no contempla la norma y exijan la movilidad de las personas. Por ejemplo, la necesidad del cuidado de animales o de huertos urbanos. Desplazamientos que se permitieron algunos municipios y que fueron rechazados por otros. La decisión quedaría en manos del agente. Las sanciones, no obstante, son recurribles.