Un juez de Madrid repite el argumento de Isabel Díaz Ayuso para archivar una denuncia por la muerte de tres mujeres en una residencia durante la pandemia de Covid. Las pacientes habrían fallecido igualmente, aunque hubieran sido trasladas a un hospital, según el auto que es recurrible y que se suma a una veintena de causas igualmente archivadas por la muerte de mayores en las residencias de la Comunidad.
El titular del Juzgado de Instrucción número 9 de Madrid ha decretado el sobreseimiento y archivo de las actuaciones abiertas tras la querella interpuesta por los familiares de tres residentes que murieron en la Residencia Domus VI Albufera.
Los familiares acusaban a Geriavi, empresa privada que gestionaba la residencia y a la directora por los delitos de homicidio imprudente, lesiones imprudentes, omisión del deber de socorro y prevaricación.
El magistrado rechazó la imputación de la empresa mercantil, porque la ley no admite que los delitos de homicidio imprudente, puedan aplicarse a una persona jurídica.
Sobre la directora del centro ha argumentado que en los informes de la perito forense "se manifiesta que la decisión de no derivar a dichas pacientes se ajustaba a la normativa administrativa que se dictó", durante el estado de alarma, que impidió los traslados de los residentes contagiados a centros hospitalarios o sanitarios.
El juez, además, ha considerado que "la actuación llevada a cabo por la directora de la Residencia Geravi y los médicos que atendieron a las fallecidas" fue adecuada y ajustada a la 'lex artis'" y no existe infracción de deber de cuidado, por lo que "no puede hablarse de un homicidio por imprudencia grave o menos grave".
En su argumentación, el juez que se basa en los informes forenses también se expone que "de haberse derivado a las pacientes a un hospital y haberse confirmado el COVID-19 con anterioridad, no se hubiera evitado los fallecimientos, por lo que no puede acogerse como cierto el requisito de la evitabilidad del resultado, imprescindible para poder apreciar el tipo penal del homicidio imprudente que se le atribuye a la querellada".
El juez precisa no obstante que "la ausencia en el Código Penal de un delito de riesgo que sancione la intencionada o negligente ocultación de la información científica precisa para conocer y paliar los efectos de una pandemia, generando así un grave riesgo para las personas, impide abrir un proceso penal para la investigación de una conducta que ya de antemano sabemos que es atípica".
Y añade que "la Sala está encadenada al principio de legalidad" y no puede perseguir "unos hechos que, por más que su realidad pudiera quedar acreditada en fase de investigación, carecen de relevancia penal".
Esta decisión, que es recurrible, se une a una veintena de archivos decretados por los juzgados de la Comunidad de Madrid en casos de fallecimientos de ancianos en residencias durante los meses más duros de la pandemia.
El pasado mes de mayo la Audiencia Provincial de Madrid ratificó el archivo de una denuncia contra la directora y dos médicos de la residencia de mayores Adolfo Suárez, en la capital, en la que se les acusaba de sendos delitos de homicidio imprudente y omisión del deber de socorro por la muerte de dos residentes durante la pandemia.
Y el pasado 20 de junio trascendió que el Tribunal Supremo había archivado una denuncia contra la presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, por la muerte de 7.291 personas en las residencias de la región durante la pandemia de covid-19.
Suscríbete a las newsletters de Informativos Telecinco y te contamos las noticias en tu mail.
Síguenos en nuestro canal de WhatsApp y conoce toda la actualidad al momento.