Lotería de Navidad 2023: ¿Me puede quitar Hacienda el premio?
Ganar la lotería es un sueño para muchas personas, que verían como su vida sería más sencilla
Los ganadores de los premios más grandes tienen que dar su parte a Hacienda
Lotería de Navidad 2023: ¿Hay que declarar a Hacienda los quintos premios?
Los ganadores del premio de la Lotería de Navidad tienen claro que, si hay algo aún más inevitable que la celebración posterior, es Hacienda. En función del dinero que se ha ganado en el sorteo, habrá que entregar una parte a las arcas públicas.
Un pago que no siempre sienta del todo bien, pero que es necesario para evitar problemas en el futuro. De hecho, cuando se recibe el dinero del premio, ya se hace sin la cantidad que cantidad correspondiente a Hacienda. En caso de haber ganado el Gordo, esta será de 360.000 euros en lugar de los 400.000 euros originales.
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Esto es así porque, mientras que los premios inferiores a 40.000 euros están exentos de impuestos, por las cantidades superiores hay que pagar el 20%. Por lo tanto, en el premio Gordo, los primeros 40.000 euros quedan libres de ese pago, no así el resto.
Al tener que hacer ese ajuste nos da la impresión de que Hacienda nos quita parte del premio, aunque en realidad esa cantidad nunca fue nuestra, pero ¿puede Hacienda quitarnos el premio de la lotería de Navidad?
¿Me puede quitar Hacienda el premio si tengo deudas?
En caso de tener deudas previas se puede temer por el premio recibido, igual que sucede en el caso de recibir una herencia inesperada. En realidad, lo que ocurra con ese premio o dinero extra dependerá del plan al que se haya adherido de acuerdo a la Ley de Segunda Oportunidad, tal y como recogen en Diario As.
Una segunda oportunidad no sería tal si no permite a quien se acoge a ella dejar atrás las deudas del pasado y volver a mejorar su fortuna sin limitaciones, algo que explican desde el despacho de abogados Manzano. Si el premio es ganado durante el concurso, este irá destinado a saldar la deuda con los acreedores. En caso de que el premio se reciba de manera posterior, la cosa cambia.
En este caso podemos encontrarnos ante dos supuestos: que la exoneración de deuda sea definitiva, en cuyo caso el tema quedaría zanjado y esta ganancia en la lotería no modificaría nada, salvo las cuentas del ganador, o que esta sea provisional, en cuyo caso se podría revocar si el premio o la herencia se produce en el plazo de cinco años establecido.
La Ley prevé que recibir un premio de la lotería o una herencia pueden ser causa de revocación de la Exoneración del Pasivo Insatisfecho (EPI), siempre y cuando la cantidad obtenida permita pagar el total de la deuda exonerada y no solo una parte.
No quiero perder dinero del premio, ¿es posible?
Lo cierto es que es posible recuperar la cantidad de dinero que Hacienda resta del premio, pero para ello es necesario contratar un seguro para el décimo que jugamos, algo que debe hacerse de manera individual para cada décimo y antes de que tenga lugar el sorteo. Suele tener un coste de 3 euros y permite que la aseguradora devuelva ese dinero que Hacienda resta.