Lotería de Navidad 2023: ¿Es legal la reventa de un décimo?

La Lotería de Navidad se ha convertido en una tradición en nuestro país, una de esas fechas que no se olvidan porque pueden cambiar la vida de las personas completamente, sobre todo si tienen la fortuna de ser poseedores de uno de los décimos ganadores.

El sistema es sencillo, se adquiere un décimo o varios en solitario de manera conjunta con familiares o amigos, y se espera con ilusión a que el 22 de diciembre ese sea el número que salga del bombo convertido en el premio Gordo.

Aunque esto sea sabido por todos, hay otros muchos elementos que rodean a este sorteo que son menos conocidos, por ejemplo, ¿es legal la reventa de un décimo de Lotería?

¿Es legal revender un décimo de Lotería de Navidad?

Lo primero que hay que tener claro es qué se entiende por reventa, que es vender algo previamente comprado, generalmente por un precio mayor para obtener beneficios. Esto es algo que contempla la normativa de Instrucción General de Loterías, evitando que pueda haber alguna duda al respecto. 

Lo deja claro en su artículo segundo, en el que establece que “considerada la Lotería Nacional como un servicio explotado por la Administración, y sus billetes como efectos estancados, se declara prohibida la reventa de los mismos con sobreprecio, castigándose esta reventa con arreglo a la legislación vigente en materia de contrabando y defraudación”. 

Queda claro de este modo que la reventa de décimos de Lotería Nacional no está permitido y de nuevo lo deja claro en su artículo 8, en el que afirma que “La venta de billetes solo podrá efectuarse en las administraciones de loterías legalmente establecidas, cuyos titulares, si lo estiman necesario, podrán valerse de vendedores autorizados que exclusivamente dependan de los mismos”. 

Esto, que parece muy claro a simple vista, puede dejar algunas dudas sin resolver, pues no es raro encontrar colectivos y organizaciones que ofrecen participaciones con sobrecargo. Esto no puede hacerlo todo el mundo, para que el fraccionamiento sea válido hay que acudir a Loterías y Apuestas del Estado, organismo que será el encargado de autorizarlo. 

De nuevo, nada queda al azar, pues los estatutos establecen que el beneficio de esa venta de décimos fraccionados no puede ser superior al 20% de su coste, porque de ser mayor supondría una infracción de la ley. 

Esto, por supuesto, nada tiene que ver con la compra compartida de un décimo, algo perfectamente legal, pero que puede suponer ciertos riesgos. Para evitar cualquier tipo de problema -sobre todo en caso de resultar ganador-, siempre se recomienda, primero guardar el décimo a buen recaudo, y después dejar constancia escrita de que se ha hecho la compra a medias o de la cantidad que corresponde a cada comprador. 

Tampoco es una práctica legal revender un billete premiado o comprarlo, algo habitual cuando se intenta blanquear dinero. Esto supondría un delito contra la Hacienda Pública y ambas partes podrían enfrentarse a sanciones.