Millones de españoles esperan ansiosos la llegada del Sorteo Extraordinario de la Lotería de Navidad, que tendrá lugar el próximo jueves 22 de diciembre. La posibilidad de convertirnos en millonarios (y el disfrute generalizado en esta jornada típicamente navideña) es uno de los puntos álgidos de estas fiestas: pase lo que pase, la ilusión y la alegría de compartir sueños durante los días previos son, por sí solos, tan valiosos como un posible golpe de buena suerte. Si te conviertes en uno de los afortunados en recibir un premio y has comprado tus décimos online, es posible que te preguntes si existe alguna peculiaridad en cuanto a la forma de pago. Toma nota de cómo se cobra un número premiado comprado por Internet.
Lo primero que debes tener en cuenta es que existe un plazo determinado para cobrar tu premio de Lotería de Navidad. En concreto, podrás cobrarlo a partir de las 18 horas del mismo día del sorteo, es decir, el jueves 22 de diciembre. A partir de ese momento, y contando desde el día siguiente (incluido), tendrás 30 días para hacer efectivo tu premio. De lo contrario, perderás el derecho a cobrarlo.
Esto es especialmente importante en los casos en que el premio es compartido e importante: en estos supuestos, todas las personas ganadoras deben acudir a la entidad bancaria correspondiente (siempre que el premio supere los 2.000 euros) e identificarse para cobrar su parte, evitando así donaciones entre ellos (que deben tributar como tales y que suponen un paso por el notario que también cuesta dinero), por lo que puede ser complicado ponerse de acuerdo en la fecha. Una posibilidad es otorgar un poder a uno de los participantes para que actúe en nombre del resto, agilizando así este trámite. Además, ten en cuenta que los premios superiores a 40.000 euros quedan sujetos a un gravamen del 20 por ciento, si bien los primeros 40.000 euros quedan exentos.
En el caso de los décimos premiados cuya cuantía no supere los 2.000 euros, pueden cobrarse en cualquier administración de Lotería (independientemente de dónde compraras el décimo ganador) y no es necesario identificarse. En estos casos, el cobro y el reparto son mucho más sencillos y no hay paso por Hacienda, ya que los premios inferiores a 40.000 euros están exentos del tributo relacionado con los sorteos de azar.
En cuanto a cómo cobrar un décimo electrónico, la realidad es que los décimos electrónicos son simplemente décimos físicos que se han comprado online. Al adquirirlos habrás elegido entre dos posibilidades envío a domicilio o custodia del décimo en la propia administración. Si has recibido tu décimo en casa (normalmente se requiere pagar gastos de envío), simplemente deberás llevarlo a una administración de Lotería o a un banco, en función del caso. Las entidades colaboradoras de Loterías y Apuestas del Estado son Abanca Corporación Bancaria, Banco de Sabadell, BBVA, CaixaBank, Caja Sur Banco, Cajamar Caja rural, Sociedad Cooperativa de Crédito, Ibercaja Banco, Kutxabank o Unicaja Banco.
En cambio, si tu décimo permanece en la administración de Lotería en la que lo compraste, deberás consultar la forma de cobro. Normalmente, cuando se trata de un premio inferior a 2.000 euros, te podrán ingresar el dinero en tu cuenta de usuario, si dispones de una y, desde ahí, podrás mover el dinero a tu cuenta bancaria habitual. En caso de que el premio sea mayor, puede que debas tramitar recibir tu décimo físicamente, ya que es imprescindible presentarlo para su cobro. También es posible que puedas tramitar su cobro directamente desde la administración de que se trate, aportando tus datos de identificación y tu número de cuenta bancaria. Los impuestos que debas abonar se te repercutirán de forma automática.
En concreto, toma nota de estos puntos:
Recuerda que las entidades financieras no podrán hacer efectivo el pago del premio sin recabar de los perceptores de los premios la documentación e información necesaria para dar cumplimiento a las obligaciones legales de identificación (normativa sobre prevención de blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo, normativa fiscal o normativa de cualquier otra índole que resulte de aplicación).
Por otro lado, las entidades financieras no podrán cobrar ningún tipo de gasto ni comisión por realizar el pago de los premios, y tampoco podrán obligar al jugador agraciado a abrir cuenta alguna en dicha entidad.