Si eres uno de los millones de españoles que esperan ansiosos la llegada del Sorteo Extraordinario de la Lotería de Navidad y tienes claro que este año vas a esquivar la escasa probabilidad de hacerte con un premio importante, es posible que te peguntes cuáles son los requisitos del banco para cobrar un décimo premiado. Lo cierto es que no siempre tendrás que acudir a una entidad para cobrar tu premio: si éste no supera los 2.000 euros, bastará con acudir a una administración de Lotería cualquiera y no será necesario identificarte (sí, lógicamente, llevar tu décimo, ya que el premio se entrega al portador de la participación). Sin embargo, en el caso de los premios que superen esta cuantía, sí tendrás que cumplir con algunos requisitos extra y acudir necesariamente a una entidad para llevarte a casa tu dinero.
Ten en cuenta que no podrás reclamar tu dinero de forma indefinida: hay ciertos plazos y pautas que debes seguir para que Loterías y Apuestas del Estado no termine quedándose con tu premio, algo que ocurre con más frecuencia de la que imaginas. En concreto, deberás respetar el plazo de 3 meses a partir del día siguiente a la celebración del sorteo que define Loterías y Apuestas del Estado.
Con todo, lo normal será que no dejes pasar el tiempo para ingresar tu dinero: si quieres recibirlo cuanto antes, ten en cuenta que, desde hace tres años, las participaciones agraciadas se pueden cobrar el mismo día del Sorteo a partir de las 18.00 horas.
Eso sí, el lugar en que cobrar tu décimo dependerá de la cuantía que hayas ganado. Por ejemplo, los premios iguales o inferiores a 2.000 euros son los más fáciles de cobrar y se pueden hacer efectivos en cualquier administración de Lotería, que no tiene por qué ser la misma en la que se compró el décimo. Además, en estos casos, a la hora de hacer efectivo el cobro no necesitarás ningún tipo de acreditación personal, basando con presentar el décimo premiado original.
En caso de que la cuantía sea superior a los 2.000 euros, deberás acudir a alguna de las entidades bancarias que tienen convenio con Loterías y Apuestas del Estado (Abanca Corporación Bancaria, Banco de Sabadell, BBVA, CaixaBank, Caja Sur Banco, Cajamar Caja rural, Sociedad Cooperativa de Crédito, Ibercaja Banco, Kutxabank o Unicaja Banco) que deberán entregarte un cheque con el premio, aunque no se trate de tu banco habitual.
Recuerda también que las entidades financieras no podrán hacer efectivo el pago del premio sin recabar la documentación e información necesaria para dar cumplimiento a las obligaciones legales de identificación (en concreto, la normativa sobre prevención de blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo, normativa fiscal o normativa de cualquier otra índole que resulte de aplicación). Se te solicitará completar el 'Proceso de Verificación Documental de Identidad', así como aportar información adicional a través del formulario de 'Conocimiento adicional del jugador'. Por último, si el cobro se hace mediante transferencia, deberás confirmar la cuenta bancaria, que debe ser de tu titularidad.
La misma noche en la que se reclame el importe, la entidad procederá a ejecutar la transferencia, en caso de que optes por esta vía.
Por otro lado, las entidades financieras no podrán cobrar ningún tipo de gasto ni comisión por realizar el pago de los premios, y tampoco podrán obligar al jugador agraciado a abrir cuenta alguna en dicha entidad. Ten en cuenta también que, si el premio es de titularidad compartida y supera los 2.000 euros, cada uno de los participantes deberá acudir a la entidad bancaria e identificarse. Si el grupo es numeroso y voluntariamente así se decide, es posible designar un representante para realizar las gestiones en nombre de todos. Eso sí, el apoderamiento debe conferirse en documento público ante un notario, ya que hablamos de importes elevados de caudales públicos, lo que requiere tener certeza de a quién y por qué se paga.