En julio de 2021, una sentencia obligó al Concello de Vigo a abonarle a un bombero de su plantilla un total de 18.120 euros, la cifra correspondiente a lo que había cobrado de menos por las horas extraordinarias realizadas entre el 2015 y el 2019, pagadas por aquel entonces al 50% de una hora normal de trabajo.
El funcionario local denunció la situación en los Juzgados exigiendo que le pagasen la diferencia y éstos le dieron la razón, lo que dio pie a que otros compañeros de la plantilla reclamasen el mismo derecho y que el Concello haya recibido una oleada de condenas, similares a la primera, en cascada.
Al tiempo que reclamó la indemnización por las horas extras, el funcionario pidió también la anulación de un decreto que autorizaba al jefe a suspender los descansos del personal en función de las necesidades del servicio y una indemnización de 25.000 euros debido a los daños morales causados por la imposición de jornadas obligatorias.
Los jueces le dieron la razón en su derecho a recibir el importe completo de las horas extraordinarias realizadas, aunque no entraron a valorar las otras dos denuncias (entre otras cosas por falta de pruebas).
La sentencia sirvió para abrirle camino a otros 17 compañeros que se encontraban en la misma situación y que obtuvieron el mismo resultado: el Concello de Vigo debería abonarles a todos el 100 por cien de las horas realizadas.
Según recoge la prensa local, un gran número de trabajadores del cuerpo de bomberos ha pedido en los juzgados “la extensión de los efectos de la sentencia” y en todos los autos se está dando la razón en primera instancia a los afectados.
Los jueces confirman que, debido a la falta de personal en el servicio de extinción de incendios, “los bomberos tuvieron que realizar numerosas horas extraordinarias” y que estas “deben ser retribuidas conforme a lo estipulado en el acuerdo regulador de las condiciones laborales del Concello”.
Por estos motivos el juzgado estima todas las solicitudes, condenando al Concello a abonar las diferencias retributivas. Además, la administración local ha sido condenada a cubrir las costas procesales de todos los procedimientos, aunque se ha moderado el importe de los honorarios de abogados a un máximo de 200 euros.
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