Una auxiliar de enfermería de 53 años, trabajadora del Sergas de Vigo (Pontevedra), ha perdido una batalla legal que libraba con el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) por negarle una baja laboral por ansiedad, al considerar el organismo que estaba “apta para trabajar”.
La funcionaria venía de encadenar una baja médica de 15 meses con dos meses de vacaciones, 6 moscosos (días de libre disposición) y 90 días de permisos sin remunerar que solicitó para demorar su regreso al puesto de trabajo al asegurar que “no se sentía con fuerzas para volver”.
Según cuenta La Voz de Galicia, la empleada pública “padecía inflamación bajo la piel, ansiedad, falta de placer, síntomas depresivos desde hace diez años y un trastorno de personalidad asociado a un duelo complicado”, y aun con todo, un comité del INSS anuló la segunda baja que había obtenido a los tres meses de darle el alta de la primera porque “consideró que ella era apta para trabajar y que su salud no se había agravado”, al no haberlo probado.
La reacción de esta auxiliar de enfermería fue entonces pedir días y encadenar permisos para retrasar su reincorporación al puesto de trabajo en la sanidad pública, previa denuncia ante el Juzgado de lo Social número 1 de Vigo, que tras examinar el caso, en diciembre de 2022 desestimó la petición de la solicitante al entender que “no acreditó que su estado hubiese empeorado”.
La perjudicada recurrió entonces al Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG), que también le da la razón a la Administración, en una sentencia del 7 de noviembre de 2023. El TSXG le replica a la solicitante que, en los informes médicos que presentó, “no se acredita que se acentuase su sintomatología clínica” ni que en su segunda baja “se reagudizaran sus procesos crónicos que le impidieran reincorporarse al trabajo”.
Los jueces le dan la razón a la Administración porque ella no se opuso cuando le dieron la primera alta, a pesar de que podía haber solicitado la prórroga de su baja, y no acreditó que su estado empeorase.
La sala deja la puerta abierta a que ella inicie los trámites a una posible incapacidad permanente si entendiese que sus padecimientos son crónicos y consolidados.
Ante esta resolución cabe recurso de casación en el Tribunal Supremo.
La trabajadora, que también era socia de un negocio, inició una incapacidad temporal en abril de 2021 por linfedema crónico, trastorno de la personalidad, depresión, apatía, anhedonia (falta de placer) y dificultades de atención, entre otros síntomas; y quince meses después, en julio de 2022, fue dada de alta por el INSS, algo que no impugnó. Se reincorporó a la plantilla del Sergas y dos meses después, en septiembre de 2022, pidió otra baja, esta vez por ansiedad, que fue denegada por el INSS y ratificada por los jueces, del Juzgado de lo Social número 1 de Vigo primero y por los del TSXG después.
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