El jurado popular declara culpables a los dos acusados por el asesinato de Aintzane Pujana en 2021

El jurado popular del juicio por el asesinato, detención ilegal e inducción a la prostitución de la joven Aintzane Pujana, de 32 años, cuyo cadáver fue hallado en un camino forestal de Aizarnazabal, Gipuzkoa, el 4 de enero de 2021, ha declarado culpables al hombre y a la mujer acusados.

Compuesto por cinco mujeres y seis hombres, el jurado ha hecho público este miércoles por la tarde-noche el resultado de su deliberación tras votar por unanimidad todas las cuestiones recogidas en el objeto del veredicto que la magistrada Jone Unanue le entregó este pasado martes.

En el mismo se considera culpables de asesinato a los acusados, para los que el fiscal solicitaba, por primera vez en Gipuzkoa, prisión permanente revisable aunque, finalmente, retiró la petición para ella, autora confesa del crimen, por el trastorno límite de personalidad que padece, solicitando una pena de diez años de cárcel, tras no más de veinte en régimen cerrado en un centro psiquiátrico y otros diez de libertad vigilada con tratamiento psiquiátrico ambulatorio.

En su veredicto, el jurado considera probado que ambos acusados gestionaban, "de manera colaborativa", los servicios de prostitución prestados por Pujana, en contra de la voluntad de ésta. Además, el jurado señala que ambos colocaron bridas a Pujana, a la que la acusada acuchilló siguiendo las órdenes del acusado, sin que la víctima pudiera defenderse debido a su estado de embriaguez, para evitar que "denunciara otro delito".

El consumo de tóxicos agravaba la patología mental de la acusada

Por otro lado, el jurado considera que no obra informe psiquiátrico, ni testimonio, que demuestre que la acusada fuera víctima de "un miedo insuperable" al acusado, que le llevara a hacer lo que hizo, pero sí que el consumo "continuado de tóxicos agrava" la patología mental que padece.

Tras conocerse el veredicto, el fiscal Jorge Bermúdez ha mantenido su petición de penas, mientras que la defensa de él mantiene su solicitud de libre absolución y la de ella que se le aplique la eximente completa por haber matado a Pujana siguiendo órdenes del procesado y temiendo por su vida, así como la incompleta de trastorno psíquico y la atenuante de confesión por haber contado lo sucedido en comisaría a la Ertzaintza.

Además, la abogada de la acusada ha solicitado el fin de la prisión provisional para su representada, algo a lo cual el fiscal se ha negado rotundamente solicitando su mantenimiento en prisión provisional hasta que se dicte sentencia, al considerar que existe "evidente riesgo de fuga", ante ya no "una mera probabilidad de condena elevada" para ambos procesados, sino "una certeza" de ello por el veredicto condenatorio.

"Hay un alto riesgo de reincidencia delictiva en el acusado"

A ello ha añadido que, además, la acusada es "altamente inestable y manipulable", lo que le puede llevar a delinquir o ponerse en situaciones "de riesgo" y en el caso del acusado se da "un grave riesgo de reincidencia delictiva", ya que es "extremadamente peligroso" y "capaz de reproducir su conducta violenta".

Pujana convivía con los acusados en diciembre de 2020 en un agroturismo de Aizarnazabal, al parecer, en la madrugada del 2 de enero de 2021 ella se habría negado a hacer un servicio de prostitución, tras lo cual tuvo lugar una discusión con los acusados que llevó a su asesinato. Su cuerpo fue hallado dos días después en un camino forestal de Aizarnazabal con nueve puñaladas en el pecho y abdomen.

En declaraciones a los medios, el fiscal Jorge Bermúdez se ha felicitado de que el jurado "ha sido sobresaliente en su labor, en su atención y en la motivación de un veredicto" que, a su juicio, es "de una solidez inquebrantable". "No puedo más que expresar la satisfacción del Ministerio Fiscal por haber conseguido demostrar, más allá de cualquier duda razonable, los hechos en los que fundamentaba su acusación", ha señalado.

En este sentido, ha aplaudido que el jurado ha acogido "completamente" las tesis del Ministerio Fiscal, respecto a "la autoría mediata", es decir, que "el acusado principal manipulaba completamente a la acusada y que, aunque fue ella la autora material del fallecimiento de Aintzane, en realidad el que manejaba los hilos desde allí mismo era el propio acusado y, por lo tanto, le consideran exactamente igual de responsable como autor".

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