El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado la modificación del decreto por el que se pone fin a la obligatoriedad del uso de las mascarillas en interiores en España a partir de este miércoles,20 de abril, excepto en algunos ámbitos. Así, las personas de seis años en adelante todavía quedan obligadas al uso de mascarillas en varios supuestos, y esto ha sembrado las dudas de muchos ciudadanos, como por ejemplo a la hora de acudir a una residencia o un hospital.
En los centros, servicios y establecimientos sanitarios, como hospitales, centros de salud y farmacias, según lo establecido en el Real Decreto 1277/2003, de 10 de octubre, las personas trabajadoras, los visitantes y los pacientes, con excepción de las personas ingresadas cuando permanezcan en su habitación, tendrán que seguir llevando mascarilla.
Si estás ingresado en el hospital no será obligatorio que utilices la mascarillas en el interior de tu habitación. Sin embargo, para acudir a espacios compartidos o salas comunes con otras personas, sí que deberás ponerte la mascarilla.
Carolina Darias, la ministra de Sanidad, dejaba claro este aspecto: "Una persona que está ingresada, cuando esté en un espacio común fuera de su habitación, tendrá que seguir usando mascarilla para proteger a las personas vulnerables".
Por el contrario, las personas que viven en las residencias no tendrán que usar las mascarillas.