El Juzgado de Instrucción número 48 de Madrid ha rechazado este jueves la retirada cautelar del cartel electoral de Vox instalada en la estación de Sol en el que se compara la pensión de jubilación con el coste mensual destinado a los menas.
El titular del juzgado ha denegado así la medida cautelar solicitada por la Fiscalía Provincial para la retirada del cartel al estimar que "no se da ni peligro por la demora, ni apariencia de buen derecho".
En concreto, la Fiscalía reclamó "en el plazo más breve posible" la retirada del cartel publicitario donde se visualiza la imagen del rostro de una mujer mayor a quien se atribuye la condición de "abuela" y se imputa como coste económico en concepto de pensión la cantidad de 426 euros.
La solicitud de retirada del cartel no solo afectaba al que se exhibe en la estación de Sol del Metro de Madrid, sino también "a todos los de idéntico contenido expuestos en cualquier otro espacio publicitario y colocado por el anunciante denunciado".
Tras la desestimación de la medida cautelar solicitada, será el Juzgado de Instrucción número 53, órgano encargado de la causa, el que continúe el procedimiento instado por el ministerio público por la supuesta comisión de un delito de odio.
La solicitud de retirada del cartel no solo afecta al que se exhibe en la estación de Sol del Metro de Madrid, sino también, según la denuncia, "a todos los de idéntico contenido expuestos en cualquier otro espacio publicitario y colocado por el anunciante denunciado".
El ministerio público, afirma el comunicado, tuvo conocimiento el pasado 20 de abril de la colocación del cartel y solicita esta medida cautelar porque, argumenta, "estos menores no nacionales son menores que carecen de estructura familiar, social y económica en territorio nacional".
Ello, abunda, los convierte en un colectivo "doblemente vulnerable", tanto por su edad como por el desarraigo que padecen a causa en su origen extranjero.
Lo que exige "una mayor protección por parte de todos los operadores e instituciones públicas, sino que les convierte en uno de los grupos especialmente protegidos por nuestra legislación penal frente a ataques contra su dignidad por gratuitos y prejuiciosos".
En la denuncia, la Fiscalía recuerda que el delito de odio integra varios tipos en los que el bien jurídico protegido "es la dignidad de la persona, individualmente y como parte de determinados colectivos".
Estos tipos delictivos tienen en común, añade, "la concurrencia en el actor (en este caso Vox) de una concepción prejuiciosa" y una "actuación de intolerancia".
Para el ministerio fiscal, con la retirada del cartel la dignidad y la seguridad de un colectivo tan vulnerable como son los menores no nacionales quedaría protegida "sin vulnerar el derecho del partido político Vox de realizar propaganda electoral".
Esto es porque, dice, "el espacio publicitario contratado y ocupado por el cartel cuya retirada se solicita puede volver a ser ocupado con propaganda tendente a la petición de votos en campaña".