Al igual que el confinamiento general implantado en la pasada primavera, el toque de queda –o limitación de movilidad nocturna– contiene diversas excepciones. La norma general contempla como excepciones los motivos laborales, la atención a personas vulnerables y los desplazamientos por motivos de asistencia sanitaria. Sin embargo, la normativa incluye otras excepcionalidades: la comida a domicilio o el paseo de las mascotas, son algunas de ellas.
Debido a que las Comunidades Autónomas son quienes deciden el horario de restricción nocturna, desde la empresa de reparto de comida a domicilio Deliveroo explican que, en estos momentos, hay horarios diferentes en cada lugar.
"A modo de ejemplo, dos de las comunidades que se han pronunciado después del anuncio del estado de alarma el sábado, son Madrid y Cataluña. En la Comunidad es posible realizar reparto a domicilio hasta las 00:00, pero en Cataluña aunque el restaurante permanezca cerrado, es posible el reparto hasta las 22:00", confirman desde la empresa.
Y es que el toque de queda en Cataluña entre las diez de la noche y las seis de la madrugada afecta a la entrega de comida a domicilio, aunque pudiera ser considerada una actividad laboral, tanto en relación a la elaboración como al reparto. Las entregas en los establecimientos a clientes particulares concluye a las 21:00; el reparto podrá hacerse hasta las 22:00.
Según los responsables del Govern, esta restricción viene motivada por el objetivo de evitar que se organicen fiestas en los domicilios entre los convivientes o con personas que no forman parte del núcleo familiar. Los establecimientos de hostelería permanecen clausurados hasta nueva orden, puesto que permanecen todas las medidas previas al toque de queda, como la limitación de las agrupaciones a un máximo de seis personas.
Por otra parte, las mascotas vuelven a tener un trato especial y sus propietarios podrán saltarse el toque de queda, pero esta vez es más difícil que pueda utilizarse al perro como pretexto para salir de casa. Los animales podrán sacarse a la calle excepcionalmente dos horas antes del fin del confinamiento nocturno, entre las cuatro y las seis de la madrugada y siempre cerca del domicilio. La medida se dirige a los dueños que por motivos laborales no puedan pasear a las mascotas fuera del toque de queda.
A la hora de sancionar prevalecerán el sentido común y las circunstancias de los ciudadanos. Por ejemplo, quienes lleguen de un viaje a la hora del confinamiento nocturno deberán acreditar esta circunstancia mediante el billete de transporte, así como el hecho de que emplean el mínimo tiempo indispensable para desplazarse desde la terminal hasta el domicilio.