La Guardia Civil elimina los límites de estatura para ingresar en el cuerpo
El Gobierno ha tenido que eliminar los requisitos de estatura para el ingreso en los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad porque así lo ha deteminado el Tribunal Supremo
Era causa de exclusión para ingresar a la Guardia Civil medir menos de 1,60 metros para los hombres y 1,55 para las mujeres
Los cuerpos de seguridad del Estado, lejos de alcanzar la igualdad entre hombres y mujeres
La Guardia Civil no exigirá una estatura mínima ni máxima a los candidatos a ingresar en el cuerpo, según una disposición del Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática publicada hoy en el Boletín Oficial del Estado. El Gobierno ha tenido que ajustar los requisitos para ser Guardia Civil a una sentencia del Tribunal Supremo, que dio la razón a una mujer que fue excluida para entrar a la Policía Nacional por medir 1,56.
Las normas que se regían los procesos de selección para el ingreso en los centros de formación a la escala de cabos y guardias incluía como causa de exclusión medir menos de 1,60 metros para los hombres y 1,55 para las mujeres o supear los 2,03 para ambos casos.
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La disposición, que entra en vigor este jueves, se ajusta a una sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo del 14 de julio de 2022.
En ella el alto tribunal señaló que la disposición por parte de una persona de una estatura inferior a la establecida "no parecía que pudiera estar relacionado con la carencia de una aptitud física particular".
Aptitud que, "en todo caso, quedaría garantizada mediante la superación de las pruebas físicas y médicas que se realizasen en el correspondiente proceso selectivo", apuntó la Sala en la resolución.
En base a ello y "con la finalidad de seguir avanzando en la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres en el acceso a la Guardia Civil" y de "favorecer una mayor atracción y captación del talento" para el cuerpo, se modifica el apartado de "talla" del cuadro médico de exclusiones, que pasa a ser "sin límite".
Todo ello, "sin perjuicio de posteriores requisitos que puedan ser exigidos para la ocupación de determinados destinos o para el acceso a la enseñanza de especialización", aclara la disposición en su desarrollo.