La población española afrontará el 28 de mayo las elecciones municipales en todo el país, así como las autonómicas en la mayoría de comunidades autónomas -con excepción de Andalucía, Cataluña, Galicia, País Vasco y Castilla y León-. Los ciudadanos mayores de 18 años que estén inscritos en el censo electoral, en caso de no haber solicitado el voto por correo, deberán acudir a las urnas para determinar el devenir de la política durante los próximos cuatro años.
Eso sí, los ciudadanos llamados a votar deberán hacerlo en el colegio electoral que les corresponda y siempre dentro de un horario establecido. A pocos días de la cita electoral, son muchos los que se preguntan a qué hora podrán ir a las urnas.
Este es el horario de los colegios electorales para el 28M:
Para votar, los ciudadanos deben tener a mano su papeleta e identificarse con el Documento Nacional de Identidad (DNI), pasaporte o incluso con el carnet de conducir. Estos documentos son válidos aunque estén caducados, aunque siempre debe presentarse el original y no una fotocopia.
La Oficina del Censo Electoral ha remitido por correo una tarjeta censal a los ciudadanos con derecho a voto residentes en España con sus datos de inscripción en el censo, en la que además se les informa de la mesa y el colegio electoral donde les corresponde votar. Los electores, eso sí, también lo pueden consultar vía online: hay que acceder a la web del Instituto Nacional de Estadística (INE), insertar los diferentes criterios de búsqueda requeridos, como provincia y municipio, y la inicial del primer apellido. Son datos obligatorios para consultar. Los votantes que se hayan cambiado de domicilio y aún no se hayan empadronado en el nuevo o lo hayan hecho después del 30 de enero de 2023, van a tener que ir a votar a la mesa electoral donde estuvieran empadronados antes.