El proyecto de ley por el Derecho a la Vivienda, que permite a comunidades autónomas y ayuntamientos limitar el precio del alquiler, ha recibido esta tarde su aprobación definitiva en el pleno del Senado tras un debate marcado por la cercanía de las elecciones municipales y autonómicas del 28 de mayo.
La ministra de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, Raquel Sánchez, ha hecho hincapié en que esta ley "no va contra nadie" y ha ofrecido "colaboración" a promotores inmobiliarios y propietarios privados, mientras que la titular de Derechos Sociales, Ione Belarra, se ha comprometido a hacerla cumplir "hasta la última coma".
La ley de vivienda, que ha tardado más de tres años en ver la luz, ha salido adelante en la cámara alta sin modificaciones en el texto que llegó del Congreso y con los votos a favor del PSOE, ERC, EH Bildu y partidos de la Izquierda Confederal (134 votos a favor, 117 en contra y un abstención).
En contra han votado, entre otros, el PP, PNV, Junts per Catalunya, Cs, Vox y UPN, que han sostenido que la nueva norma invade competencias, genera inseguridad jurídica, no va a bajar los precios del alquiler, permite la ocupación ilegal, desincentiva la puesta en arrendamiento de viviendas y supone injerencias en la propiedad privada.
La limitación del precio del alquiler formó parte del acuerdo de gobierno firmado en diciembre de 2019 por el secretario general del PSOE y entonces presidente en funciones, Pedro Sánchez, y el líder de Podemos, Pablo Iglesias.
Aunque se comprometieron a ello, los socialistas no eran partidarios de esta limitación y optaron por incluirla como una disposición adicional de una ley estatal de vivienda de contenido más amplio.
Esta ley empezaron a negociarla oficialmente en enero de 2021 la ministra de Derechos Sociales Ione Belarra, antes de suceder a Iglesias en la Secretaría General de Podemos, y el entonces secretario general de Agenda Urbana y Vivienda, el socialista David Lucas, hoy secretario de Estado.
Ambos fueron los principales artífices del anteproyecto de ley que el Consejo de Ministros aprobó y envió al Congreso en febrero de 2022, tras más de un año de tensa y compleja negociación.
Para su tramitación parlamentaria el Gobierno se alió con ERC y Bildu, con los que cerró un acuerdo catorce meses de después.
La ley cuenta con el rechazo del sector inmobiliario español y de la derecha política por sus medidas intervencionistas y también de algunos partidos soberanistas e independentistas, como el PNV y Junts per Catalunya, que ven en ella una invasión de competencias.
Su aprobación en plena campaña de las elecciones autonómicas y municipales del 28 de mayo ha llevado también a la oposición a tacharla de electoralista y populista.
Las comunidades gobernadas por el PP, con Madrid a la cabeza, han asegurado que no la aplicarán.
El Ejecutivo y sus aliados sostienen que es el instrumento legal necesario para conseguir un cambio de modelo en el que la vivienda se convierta en un derecho efectivo y no en un bien de lujo.
-Limitación de precios de alquiler: las comunidades autónomas podrán declarar, por tres años prorrogables anualmente, un ámbito territorial como zona de mercado residencial tensionado, si el coste medio de la hipoteca o el alquiler más los gastos y suministros básicos debe superar el 30 % de la renta media de los hogares o el precio de compra o alquiler haber aumentado al menos tres puntos por encima del IPC en los cinco años anteriores.
Los grandes tenedores de vivienda en zona tensionada deberán fijar la renta en función del sistema de índices de precios de referencia, mientras que el resto de propietarios de esas zonas no podrán subir los precios de los contratos vigentes durante tres años, aunque se les permite incrementarlos hasta un 10 % si han hecho obras de rehabilitación y mejora energética y de accesibilidad en los dos últimos años.
Para los nuevos contratos que se firmen en esas zonas la renta no podrá ser superior a la del último contrato vigente en los cinco años anteriores, una vez aplicada la actualización anual, aunque sí podrá incrementarse el precio un máximo del 10 % cuando el contrato se firme por un periodo de diez o más años o se establezca en él un derecho de prórroga por la misma duración.
-Definición de gran tenedor: la ley establece el concepto de gran tenedor y lo define como aquel propietario de diez o más viviendas o una superficie construida de más de 1.500 metros cuadrados, y de cinco o más si los inmuebles están en zona tensionada.
-Incentivos fiscales a los arrendadores: la actual desgravación del 60 % en el IRPF por rendimiento neto del alquiler de vivienda habitual pasa a ser del 50 %, pero se modula hasta el 90 % en las zonas tensionadas.
Para nuevos alquileres de viviendas a jóvenes entre 18 y 35 años, la reducción es del 70 %, mientras que para viviendas protegidas y para casas rehabilitadas en los dos últimos años es del 60 %.