El pleno del Congreso de los Diputados ha aprobado finalmente este jueves el proyecto de ley de bienestar animal, que excluye de su aplicación a los perros de caza y otros animales de trabajo, como defiende el PSOE y también la reforma del Código Penal para modificar las penas por delito de maltrato animal por 178 a favor, 165 en contra y 5 abstenciones. Ahora la ley será llevada al Senado para continuar con su tramitación.
La norma de bienestar animal ha obtenido los 174 votos a favor de PSOE, UP, ERC, EH-Bildu y CUP; la abstención de BNG, Teruel Existe y Compromís y 172 votos en contra del PP, Vox, Cs --que inicialmente había anunciado su abstención--, PNV, PdeCat, Junts per Cat, Más País-Verdes Equo, UPN, Foro Asturias y PRC.
Por su parte, el proyecto de ley de reforma de la ley orgánica del Código Penal que necesitaba mayoría absoluta (176 votos) para salir adelante, ha obtenido dos apoyos más de los necesarios. En concreto, ha contado con 178 que suman PSOE, UP, ERC, EH-Bildu, Compromís y PdCat y la abstención de Teruel Existe y Junts per Cat.
En contra han votado PP, Vox, Cs, PNV, Más País-Verdes Equo, Coalición Canaria, Foro Asturias, BNG, PRC y los dos diputados del antiguo UPN.
Finalmente, las nuevas normativas aplicables a los canes no serán aplicables a los perros de caza o a los de pastoreo, tal y como solicitaban los sectores afectados.
El proyecto de ley recoge la creación de un “listado positivo” de animales de compañía, en el que se incluirán las especies que se podrán tener. Este listado será elaborado por un comité científico-técnico y excluirá a las especies que atenten contra la seguridad ciudadana, la salud pública o la biodiversidad y el medio ambiente. No se podrán tener los animales que no estén incluidos en la lista de animales permitidos: así de sencillo. El Gobierno deberá hacer público el documento con todas las mascotas permitidas en España y las que no estén en él quedarán directamente prohibidas, según detalla Newtral.
Para elaborar este listado, se tendrán en cuenta algunos requisitos: que no suponga un riesgo para las personas, que pueda vivir en cautividad sin sufrir, que sus necesidades sean sencillas de atender y que no pueda convertirse en una especie invasora.
La ley no prohíbe tener en los domicilios periquitos o hámster. Lo que recoge la norma es que no se podrán tener en casa animales que no estén en la lista de animales positivos aptos para un hogar. Según el Partido Animalista contra el Maltrato Animal (PACMA), este 9 de febrero es un "día negro" para los animales puesto que conlleva un "retroceso" de décadas.
Finalmente, las nuevas normativas aplicables a los canes no serán aplicables a los perros de caza o a los de pastoreo, tal y como solicitaban los sectores afectados. Tampoco afecta a aves de cetrería, los perros pastores y de guarda del ganado y a los utilizados en actividades profesionales como los perros de rescate, animales de compañía utilizados en intervenciones asistidas o los animales de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad o de las Fuerzas Armadas.
El propietario de una mascota debe “contar con espacios adecuados en tamaño, naturalización y enriquecimiento ambiental para su tenencia”. Si la ley sale adelante no se podrá dejar a los animales “solos dentro de vehículos cerrados, expuestos a condiciones térmicas o de cualquier otra índole que puedan poner su vida en peligro”. Además, se les deberá facilitar “los cuidados sanitarios necesarios para garantizar su salud”.
A los animales de compañía no se les podrá dejar sin supervisión durante más de tres días consecutivos. Sin embargo, en el caso de los perros ese periodo serán mucho más reducido. No podrán quedarse sin vigilancia en un plazo “superior a veinticuatro horas consecutivas”.
Hay excepciones, como los perros pastores que podrán pasar más tiempo sin compañía si tienen un sistema de localización que permita al dueño saber dónde están y un refugio para el mal tiempo. En el caso de un gato, un hámster o un pájaro enjaulado, el máximo tiempo que pueden estar solos se cifra en tres días. Si se sobrepasa, la multa puede ascender a los 10.000 euros.
Tener" una mascota prohibida podría conllevar una multa de entre 600 y 30.000€, mientras que "criar" una especie no autóctona, podría conllevar multas de entre 30.001 y 100.000€.
El castigo por la muerte de un animal sería de 12 a 24 meses de cárcel (o multa de 18 a 24 meses), y si confluyen dos agravantes se podría alargar hasta 36 meses de prisión.
Las agravantes del actual Código Penal se producen cuando en el maltrato se utilizan armas, objetos o métodos peligrosos para el animal, si media ensañamiento, cuando se cause al animal la pérdida de un sentido u órgano principal, y si se realiza en presencia de un menor.
Se considerará agravante si el que maltrata es el dueño del animal, si se hace con ánimo de lucro, si el hecho se produce para hacer daño a una pareja o expareja, si se hace en público o se difunde por las redes sociales, o si se utiliza veneno u explosivos.
La ley no obliga a tener asistencia veterinaria 24 horas para cualquier animal, si no para aquellos que son abandonados y recogidos por los servicios municipales. Si el municipio es de menos de 5.000 habitantes, es la diputación correspondiente quien realiza la tarea “a través de empresas o asociaciones encargadas”.
Se prohíbe “la cría de cualquier especie de animal de compañía por criadores no inscritos en el Registro de Criadores de Animales de Compañía. Si el criador se inscribe y registra a la camada no va a recibir ninguna sanción después de un embarazo accidental.
En el Registro de Animales de Compañía deberán estar inscritos todos los animales de compañía que dispongan de un sistema de identificación obligatoria, además de sus propietarios o responsables.
El listado positivo está prevista que incluya a cualquier animal “que estemos habituados a ver como animales de compañía”, por lo que se permitirá la tenencia de especies como perros, gatos, hámsteres, conejos o periquitos, e incluso algunos reptiles e insectos. Se descartan las especies invasoras.
Quienes deseen tener un perro deberán realizar un cursillo que acredite su capacidad para tener este tipo de animales. Lo que se sabe hasta ahora es que será obligatorio se realizará por internet y será gratuito. Se desconoce la temática, aunque se baraja que se pueda realizar en las consultas veterinarias. La formación terminará con un pequeño test que demuestre que el dueño es capaz de garantizar el trato adecuado a la nueva mascota.
Los humanos no son los únicos que tendrán que aprobar el curso. Tras la aprobación de la Ley de Bienestar Animal ya no habrá perros considerados potencialmente peligrosos por definición. Pero, todos los canes deberán superar un examen de obediencia y comportamiento y los que no lo pasen deberá salir a la calle con bozal y sujetos con una correa corta, hasta que superen una prueba tras pasar por las manos de un adiestrador.
La Ley de protección de los derechos y el bienestar de los animales mantiene finalmente el Régimen Jurídico de Tenencia de Animales potencialmente peligrosos a través de una enmienda transaccional presentada la víspera por EH-BILDU y que ha sido respaldada por el grupo confederal de Unidas Podemos, ERC y, al mismo tiempo, por el Partido Popular.